Instrumento
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- trigésimo octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Calle Lord Cochrane N°1411, Comuna de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La duración de la sociedad será de cinco años, plazo que se entenderá renovado automáticamente por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La sociedad será administrada por un Gerente General que tendrá amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la trigésimo octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, piso cinco, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura de hoy, ante mí: COMPARECE: Don DIEGO AGUSTÍN ROMERO VIU, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 13.275.549-3, con domicilio para estos efectos en calle Paso El Roble Nº269, departamento 52 guion A, Comuna de La Florida, Región Metropolitana; exponen: Se constituye Sociedad por Acciones, Nombre: “ROMVIU SPA”, pudiendo actuar ante cualquier institución, pública o privada, e incluso ante los bancos y otras instituciones financieras bajo el nombre de fantasía “ROMERO VIU”.- Domicilio: Calle Lord Cochrane N°1411, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: A) El objeto de la sociedad será el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción; B) La compraventa de sitios y otros inmuebles; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; el estudio, la construcción, por cuenta propia o ajena, de casas, edificios y otros; la representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de condominios, por cuenta propia o ajena; la urbanización de predios; la compraventa de toda clase de inmuebles; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios; C) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; D) La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; E) La planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos; diseños arquitectónicos, construcciones, decoraciones y alhajamientos de interiores; diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes; la construcción de obras, y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; y toda otra operación relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores; F) La compraventa, permuta, distribución, consignación, fabricación, representaciones de marcas, importación, exportación, comercialización en todas sus formas, ya sea por cuenta propia o ajena, al por mayor o menor, de toda clase de productos o insumos de aseo, limpieza, el aseo industrial y doméstico, para cualquier persona natural o jurídica, insumos vinculados a la limpieza y aseo, asesoría y capacitación en materia de limpieza y aseo, mantención de edificios, establecimientos, locales, oficinas; y en general cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.- Duración: La duración de la sociedad será de cinco años, plazo que se entenderá renovado automáticamente por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término.- Capital: El capital de la sociedad será la suma de tres millones de pesos ($3.000.000.-), ya enterado en arcas sociales, dividido en sesenta (60) acciones nominativas, y sin valor nominal; los que se aportan al contado y en dinero en efectivo, de la siguiente manera: don DIEGO AGUSTÍN ROMERO VIU quien suscribe y paga sesenta acciones ordinarias nominativas y sin valor nominal, que corresponde a la suma de tres millones de pesos ($3.000.000.-), equivalentes al 100% (cien por ciento) del capital social, dinero que aporta y entera en este acto y en dinero en efectivo a las arcas sociales.- Administración: La sociedad será administrada por un Gerente General que tendrá amplias facultades de administración. Se nombra como Gerente a General a don DIEGO AGUSTÍN ROMERO VIU.- Demás estipulaciones en pacto social. En Santiago, a 14 de septiembre del año 2022.