MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES GUSTÓ SpA

RUT 77227756-3 CVE 2193092
Fecha instrumento
22 de septiembre de 2022
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
22 de septiembre de 2022
Notario
CELESTE NICOL BECERRA MARIN
Oficio
2ª Notaría Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CELESTE NICOL BECERRA MARIN, Notario Público Interino 2ª Notaría Rancagua, Bueras 359, Of. 102, Certifica: Por escritura de fecha 22-09-2022, Rep. Nº 3462-2022, ante mí, don FELIX LEONARDO VALERIO PINO, chileno, comerciante, soltero, cédula nacional de identidad número diecinueve millones diecinueve mil ciento noventa guion siete, doña JACQUELINE VALESCA VALERIO PINO, chilena, comerciante, soltera, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ochocientos ochenta y dos mil novecientos ochenta y dos guion cinco, y doña SCARLETTE ARINKA VALERIO PINO, chilena, comerciante, soltera, cédula nacional de identidad número dieciocho millones trescientos setenta y seis mil trescientos veintiocho guion ocho, todos los comparecientes mayores de edad y domiciliados en Avenida Rio Loco número dos mil ciento cuarenta y dos, comuna de Rancagua, sanearon conforme a la ley 19.499, por defectos formales, la constitución de la sociedad por acciones “INVERSIONES GUSTÓ SPA” en los siguientes términos: Los comparecientes con veintiséis de agosto del año dos mil veinte, ante La Notario Público de Rancagua, doña Francisca Salas Medina, suplente del Titular don Jaime Bernales Valenzuela, constituyeron por Escritura Pública la Sociedad por acciones “INVERSIONES GUSTÓ SpA”, rol único tributario setenta y siete millones doscientos veintisiete mil setecientos cincuenta y seis guion tres, cuyo capital es la suma de tres millones pesos. La referida escritura tiene el número de repertorio tres mil ochocientos noventa y ocho del año dos mil veinte. El extracto de aquel instrumento fue publicado en El Diario Oficial con fecha dieciséis de septiembre del año dos mil veinte, en su edición número cuarenta y dos mil setecientos cincuenta y ocho. SEGUNDO. Por una omisión involuntaria, el extracto de la escritura de constitución no fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Rancagua, por lo cual los comparecientes con fecha veintiocho de octubre del año dos mil veinte, repertorio cuatro mil ochocientos quince guion dos mil veinte, suscribieron ante La Notario Público de Rancagua doña Francisca Salas Medina, suplente del titular don Jaime Bernales Valenzuela y en virtud de lo señalado en los artículos uno y siguientes de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, suscribieron escritura de saneamiento a fin de subsanar el defecto formal mediante la oportuna inscripción y publicación del extracto del instrumento aludido, tal como lo prescribe la letra b del artículo tres de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. TERCERO. El extracto de la escritura de constitución de la sociedad y de la escritura de saneamiento de la misma, fue oportunamente inscrito a fojas seiscientos noventa número cuatrocientos treinta y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Rancagua correspondiente al año dos mil veinte. CUARTO. Por un error involuntario se omitió la publicación en El Diario Oficial del extracto de la escritura de saneamiento ya aludida. QUINTO: Que en virtud de lo señalado en los artículos uno y siguientes de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los comparecientes vienen por el presente instrumento en sanear dicho defecto formal mediante la oportuna inscripción y publicación del extracto del presente instrumento, tal como lo prescribe la letra b del artículo tres de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. Rancagua, 22 de septiembre de 2022.