MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ÁLVAREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76944470-K CVE 2192012
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2022
Notaría
Castro

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2022
Repertorio
2110-2022
Notario
SEBASTIÁN SADÁ AZNAR
Oficio
Segunda Notaría de Castro
Comuna
Castro

Administración

Se deja establecido que todos los socios detentarán la administración y representación legal de la sociedad, pudiendo actuar indistintamente de manera conjunta o por sí solos. En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes los estatutos sociales

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ÁLVAREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA socio 76944470-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SEBASTIÁN SADÁ AZNAR, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Castro, con oficio en Gamboa Número 481, Castro. CERTIFICO: Mediante escritura pública de fecha 1 de septiembre de 2022, Repertorio Nº 2110-2022, ante mí, comparecen: JUAN ANDRÉS ÁLVAREZ VARGAS, C.I. Nº 15.943.493-1, domiciliado en José Pinto Pérez 685, Chonchi, CRISTIÁN ALEJANDRO ÁLVAREZ VARGAS, C.I. Nº 16.842.158-3, domiciliado en José Pinto Pérez 685, Chonchi y GLORIA MARINA VARGAS CÁRCAMO, C.I. Nº 8.063.242-8, domiciliada en O’Higgins 326, Chonchi, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada, ÁLVAREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT 76.944.470-K, constituida en la Notaría de Castro el 24 de julio de 2007, inscrita a Fojas 121V, N° 105, en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Castro, año 2007, publicada en Diario Oficial el 14 de agosto del 2007, por los socios Aldo Félix Álvarez Álvarez, Juan Andrés Álvarez Vargas y Cristián Alejandro Álvarez Vargas, siendo el primero poseedor del 98% del total de derechos sociales mientras que el segundo es poseedor del 1% y el tercero también poseedor del 1%. Fallecimiento Socio: 26 de octubre de 2021, fallece el socio Aldo Félix Álvarez Álvarez y de acuerdo a Posesión Efectiva concedida por Director Regional Región de Los Lagos del Servicio de Registro Civil e Identificación, resolución exenta 1523, de 31 de enero de 2022, establece como únicos herederos del causante, don Aldo Félix Álvarez Álvarez, a su cónyuge Gloria Marina Vargas Cárcamo y a sus hijos, Juan Andrés Álvarez Vargas y Cristián Alejandro Álvarez Vargas. Continuidad de la Sociedad: Los herederos del causante manifiestan su voluntad de continuar con la sociedad conforme a la cláusula 11 de los estatutos sociales. Distribución derechos del causante: Los herederos acuerdan la siguiente distribución del 98% de los derechos sociales del causante, equivalente a $15.092.000.-: A Gloria Marina Vargas Cárcamo se le adjudica en propiedad el 49% de los derechos societarios del causante, equivalente a $7.546.000.-, a Juan Andrés Álvarez Vargas se le adjudica en propiedad el 24,5 % de los derechos societarios del causante, equivalente a $3.773.000.- y a Cristián Alejandro Álvarez Vargas se le adjudica en propiedad el 24,5 % de los derechos societarios del causante, equivalente a $3.773.000.-. Participación Social Definitiva. Gloria Marina Vargas Cárcamo, Juan Andrés Álvarez Vargas y Cristián Alejandro Álvarez Vargas, quedan como únicos socios de ÁLVAREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, poseyendo Gloria Marina Vargas Cárcamo el 49% de los derechos sociales totales, Juan Andrés Álvarez Vargas el 25,5% de los derechos sociales totales y Cristián Alejandro Álvarez Vargas, el 25,5% de los derechos sociales totales. Administración: Se deja establecido que todos los socios detentarán la administración y representación legal de la sociedad, pudiendo actuar indistintamente de manera conjunta o por sí solos. En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Castro, 22 de septiembre de 2022.-