SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL LAS TRES BANDERAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de agosto de 2022
- Notario
- LUIS ALEJANDRO CONTRERAS PAVEZ
- Oficio
- 1ª Notaria de Coyhaique
- Comuna
- Coyhaique
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- Fundo Arroyo Largo, kilometro ciento cuarenta, Península de Levicán, Comuna de Rio Ibáñez, Región de Aysén.-. RECTIFICACIÓN: De acuerdo al art. 411 inciso final del Código Organico de Tribunales se corrige la escritura de constitución de sociedad “SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL LAS TRES BANDERAS LIMITADA” en el sentido de señalar que donde dice: ”ESAR BENJAMÍN MENDOZA QUILOGRAN” debe decir: “CESAR BENJAMÍN MENDOZA QUILOGRAN”. Coyhaique, 20 de septiembre del 2022
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A.- El objeto social será la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. B.- La explotación, arriendo, compra y venta de predios agrícolas o rurales y la comercialización de productos del agro en general. Podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de ganado, la compra o venta de forraje, carne, lana y demás derivados. C.- La explotación, arriendo, compra y venta de minas y canteras. D.- Arriendo de maquinarias pesada agrícolas propias o de terceros, y la prestación de servicios en el área agrícola, ganadera y forestal. E.- La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y –en general– cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; como asimismo cualquier otro objeto que los socios acuerden
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a JOSÉ ALFREDO MENDOZA QUILOGRAN
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ALEJANDRO CONTRERAS PAVEZ, Notario Público, Interino 1ª Notaria de Coyhaique, 21 de Mayo N° 551, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, el 29 de agosto de 2022, Rep. Nº 2379-2022, don JOSÉ ALFREDO MENDOZA QUILOGRAN, por sí y en representación de CESAR BENJAMÍN MENDOZA QUILOGRAN, y MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DE MENDOZA, todos domiciliados para estos efectos en Fundo Arroyo Largo, kilometro ciento cuarenta, Península de Levicán, Comuna de Rio Ibáñez, Región de Aysén, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL LAS TRES BANDERAS LIMITADA”. OBJETO: A.- El objeto social será la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. B.- La explotación, arriendo, compra y venta de predios agrícolas o rurales y la comercialización de productos del agro en general. Podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de ganado, la compra o venta de forraje, carne, lana y demás derivados. C.- La explotación, arriendo, compra y venta de minas y canteras. D.- Arriendo de maquinarias pesada agrícolas propias o de terceros, y la prestación de servicios en el área agrícola, ganadera y forestal. E.- La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y –en general– cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; como asimismo cualquier otro objeto que los socios acuerden.- ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a JOSÉ ALFREDO MENDOZA QUILOGRAN.- CAPITAL: $3.000.0000, siendo cada socio propietario de un 33,3% del capital social, aportado de la siguiente manera: a) don JOSÉ ALFREDO MENDOZA QUILOGRAN aporta y entera a la caja social la suma de un millón de pesos, b) don ESAR BENJAMÍN MENDOZA QUILOGRAN, aporta y entera a la caja social la suma de un millón de pesos, y c) doña MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DE MENDOZA, aporta y entera a la caja sociedad la suma de un millón de pesos. DURACION: Indefinida.- DOMICILIO: Fundo Arroyo Largo, kilometro ciento cuarenta, Península de Levicán, Comuna de Rio Ibáñez, Región de Aysén.-. RECTIFICACIÓN: De acuerdo al art. 411 inciso final del Código Organico de Tribunales se corrige la escritura de constitución de sociedad “SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL LAS TRES BANDERAS LIMITADA” en el sentido de señalar que donde dice: ”ESAR BENJAMÍN MENDOZA QUILOGRAN” debe decir: “CESAR BENJAMÍN MENDOZA QUILOGRAN”. Coyhaique, 20 de septiembre del 2022.