Moscoso y Poblete Abogados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de septiembre de 2022
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 20 de septiembre de 2022, ante mí: don SEBASTIÁN ANDRES MOSCOSO ITURRA, chileno, abogado, soltero, cédula nacional de identidad número 16.322.723-1 y don MARCELO IGNACIO POBLETE VILLALOBOS, chileno, abogado, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad número 16.584.075-5, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Américo Vespucio Sur número 1307, oficina 914, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: Moscoso y Poblete Abogados Limitada, pudiendo utilizar los siguientes nombres de fantasía: M y P abogados Ltda, Legal Practice Chile Ltda, LPC Ltda, Southern Business Consulting Services Ltda, SBCS Ltda, Expats Chile Ltda y Expat Chile Ltda.- El objeto será: a) La asesoría, consultoría y los servicios profesionales jurídicos de cualquier tipo o clase y en definitiva todo servicio profesional relacionado al ejercicio de la abogacía, b) La representación judicial y extrajudicial de sus clientes, tanto en chile como en el extranjero, tales como juicios, informes en derecho y legales, contratos, mediaciones, arbitrajes, negociaciones, entre otros; y C) La asesoría, consultoría y los servicios profesionales de comercio internacional, tanto aquellos que se realizan en Chile como en el extranjero.- La administración y representación de la sociedad corresponderá en forma conjunta a ambos socios. Capital: $4.000.000 de pesos, aportados de la siguiente manera: a) don Sebastián Andrés Moscoso Iturra aporta la suma de $2.000.000 de pesos correspondientes al cincuenta por ciento del capital común; y b) don Marcelo Ignacio Poblete Villalobos aporta la suma de $2.000.000 de pesos correspondientes al cincuenta por ciento del capital común, de este modo el total del capital social queda aportado en este acto de contado y en dinero efectivo en la caja social. Duración indefinida. Santiago, 20 de Septiembre de 2022.