MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

LA VIÑITA SpA

RUT 77294734-8 CVE 2191252
Fecha instrumento
24 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de agosto de 2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

- Asimismo el administrador contará con las facultades enunciadas en escritura extractada

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don José Luis Moure Barros, quien actuando de manera individual, y anteponiendo a su firma la razón social, contará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de agosto del año 2022, ante mí: don José Luis Moure Barros y doña María Sofía Moure Barros, representada, en su calidad de actuales y únicos accionistas, según registro de accionistas que he tenido a la vista, acordó modificación de la sociedad “LA VIÑITA SpA”, inscrita a fojas 84.013, número 40.319 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, de la siguiente manera: I. Modificación de Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don José Luis Moure Barros, quien actuando de manera individual, y anteponiendo a su firma la razón social, contará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.- Asimismo el administrador contará con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de septiembre de 2022.