LA VIÑITA SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de agosto de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
- Asimismo el administrador contará con las facultades enunciadas en escritura extractada
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don José Luis Moure Barros, quien actuando de manera individual, y anteponiendo a su firma la razón social, contará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de agosto del año 2022, ante mí: don José Luis Moure Barros y doña María Sofía Moure Barros, representada, en su calidad de actuales y únicos accionistas, según registro de accionistas que he tenido a la vista, acordó modificación de la sociedad “LA VIÑITA SpA”, inscrita a fojas 84.013, número 40.319 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, de la siguiente manera: I. Modificación de Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don José Luis Moure Barros, quien actuando de manera individual, y anteponiendo a su firma la razón social, contará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.- Asimismo el administrador contará con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de septiembre de 2022.