INVERSIONES ELF LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de agosto de 2022
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.188.400 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 17 de agosto de 2022, ante mí doña María Eliana Efira de las Mercerdes Leyton Francione e Inversiones HUL Limitada, ambos domiciliados para estos efectos en calle Los Libertadores N°383, comuna de El Monte, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES ELF LIMITADA, sociedad inscrita fojas 14.307 Nº9.833, del Registro Comercio Santiago correspondiente al año 2006 (la “Sociedad”), acordaron modificar la Sociedad en el siguiente sentido: UNO) Aumentar el capital de la Sociedad de la cantidad de $2.188.400.000 a la cantidad de $8.391.110.835, esto es, en la cantidad de $6.202.710.835. Dicho aumento se encuentra íntegramente suscrito y pagado por doña María Eliana Efira de las Mercedes Leyton Francione, en la forma señalada en la escritura extractada. DOS) Con el objeto de dar cuenta de lo anterior, se sustituyó el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $8.391.110.835, que los socios han aportado y pagado íntegramente, en las siguientes formas y proporciones: a) doña María Eliana Efira de las Mercedes Leyton Francione, con la suma de $8.305.510.835, que corresponde a aproximadamente un 99% del capital e interés social; y b) Inversiones HUL Limitada, con la suma de $85.600.000, que corresponde a aproximadamente un 1% del capital e interés social.”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad, en especial que la responsabilidad de sus socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Santiago, 13 de septiembre del año 2022.