MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA CAMINO REAL LIMITADA

RUT 76469620-4 CVE 2190382
Capital
$2.085.892.676 CLP
Fecha instrumento
15 de septiembre de 2022
Notaría
Río

Instrumento

Fecha
15 de septiembre de 2022
Notario
RODRIGO FERRER FIGUEROA
Oficio
Notaría de Río Negro y Purranque
Comuna
Río

Sociedad

Capital
$2.085.892.676 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
AGRÍCOLA CAMINO REAL LIMITADA socio 76469620-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO FERRER FIGUEROA, abogado, Notario Público Titular de la Notaría de Río Negro y Purranque, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna 243 certifica: Por escritura pública de fecha 15 de septiembre de 2022, ante mí, bajo Repertorio número 785-2022, Guido Jose Neumann Hitschfeld, María Del Pilar Sabugo Canseco, María Verónica Neumann Sabugo, María Cecilia Neumann Sabugo, María Isabel Neumann Sabugo, María Andrea Neumann Sabugo, todos domiciliados para estos efectos en Fundo Chapaco, sin número, comuna de Río Negro, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad AGRÍCOLA CAMINO REAL LIMITADA, RUT N°76.469.620-4, inscrita a fojas 1, número 1 del Registro de Comercio del año 2006 del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro, en adelante la “Sociedad”, acordaron modificar la Sociedad AGRÍCOLA CAMINO REAL LIMITADA en los siguientes términos: 1. Aumentar el capital de la Sociedad, desde la suma actual de 2.000.000.000 de pesos, a la suma de 2.085.892.676, mediante el aporte de la suma total de 85.892.676 pesos, el que es aportado por las socias María Verónica Neumann Sabugo, María Cecilia Neumann Sabugo, María Isabel Neumann Sabugo, y, María Andrea Neumann Sabugo, pagando cada una de ellas la suma de 21.473.169 pesos. 2. Modificar la cláusula de capital social, en términos tales de expresar que los aportes que se encuentren pendientes de enterar en arcas sociales, puedan ser pagados a más tardar, el día 20 de septiembre del año 2022; y, 3. Conforme a los acuerdos anteriores, modificar la Cláusula Quinta de los estatutos sociales, reemplazándola por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de dos mil ochenta y cinco millones ochocientos noventa y dos mil seiscientos setenta y seis pesos chilenos, que los socios aportan y pagan de la manera que pasa a expresarse: A.- Don GUIDO JOSE NEUMANN HITSCHFELD aporta la suma de mil trescientos millones de pesos, equivalente al sesenta y dos coma treinta y dos por ciento del capital social, que paga y pagará de la siguiente manera: uno) Con la cantidad de ciento cuarenta y cinco millones trescientos trece mil doscientos doce pesos, pagados de contado y con dinero efectivo, suma que se encuentra enterada en arcas sociales; dos) Con la cantidad de novecientos sesenta y un millones setecientos sesenta mil pesos, que pagó mediante el aporte en dominio de bienes inmuebles; y, tres) El saldo de su aporte, que se encuentra pendiente de pago, y que asciende a la cantidad de ciento noventa y dos millones novecientos veintiséis mil setecientos ochenta y ocho pesos, que podrá enterar en arcas sociales hasta el día veinte de septiembre del año dos mil veintidós; B.- Doña MARÍA DEL PILAR SABUGO CANSECO, aporta la suma de seiscientos millones de pesos, equivalente al veintiocho coma setenta y seis por ciento del capital social, que paga y pagará de la siguiente manera: uno) Con la cantidad de sesenta y seis millones seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos setenta y dos pesos, pagados de contado y con dinero efectivo, suma que se encuentra enterada en arcas sociales; dos) Con la cantidad de cuatrocientos un millones seiscientos mil pesos, que pagó mediante el aporte en dominio de bienes inmuebles; y, tres) El saldo de su aporte, que se encuentra pendiente de pago, y que asciende a la cantidad de ciento treinta y un millones setecientos cuarenta y tres mil ciento veintiocho pesos, lo podrá enterar en arcas sociales hasta el día veinte de septiembre del año dos mil veintidós; C.- Doña MARÍA VERÓNICA NEUMANN SABUGO, aporta la suma de cuarenta y seis millones cuatrocientos setenta y tres mil ciento sesenta y nueve pesos, equivalentes al dos coma veintitrés por ciento del capital social, que ha pagado de contado y con dinero efectivo, suma que se encuentra enterada en arcas sociales; D.- Doña MARÍA CECILIA NEUMANN SABUGO, aporta la suma de cuarenta y seis millones cuatrocientos setenta y tres mil ciento sesenta y nueve pesos, equivalentes al dos coma veintitrés por ciento del capital social, que ha pagado de contado y con dinero efectivo, suma que se encuentra enterada en arcas sociales; E.- Doña MARÍA ISABEL NEUMANN SABUGO, aporta la suma de cuarenta y seis millones cuatrocientos setenta y tres mil ciento sesenta y nueve pesos, equivalentes al dos coma veintitrés por ciento del capital social, que ha pagado de contado y con dinero efectivo, suma que se encuentra enterada en arcas sociales; y, F.- Doña MARÍA ANDREA NEUMANN SABUGO, aporta la suma de cuarenta y seis millones cuatrocientos setenta y tres mil ciento sesenta y nueve pesos, equivalentes al dos coma veintitrés por ciento del capital social, que ha pagado de contado y con dinero efectivo, suma que se encuentra enterada en arcas sociales. Todos los saldos por enterar podrán ser solucionados con dinero, mediante la entrega en dominio de bienes muebles e inmuebles, con utilidades que a los socios correspondan en la compañía, o revalorizaciones legales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Río Negro15 de septiembre de 2022.