MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD QUEULAT SpA

RUT 76899385-8 CVE 2189154
Fecha instrumento
7 de septiembre de 2022

Instrumento

Fecha
7 de septiembre de 2022

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Ante doña Claudia Alejandra Velásquez Trujillo Notario y Conservador Suplente de Quinchao, con oficio en calle Miranda Velásquez 038 A, ciudad de Achao, comuna de Quinchao, ante mí; Certifico: Por escritura pública de fecha seis de septiembre de dos mil veintidós, don JOSE ANTONIO PASTOR BRAM, en representación de sociedad QUEULAT SPA, ambos con domicilio en sector Rural de Putique, comuna de Quinchao, suscribió una escritura pública saneamiento de vicio en los siguientes términos: Que por escritura pública otorgada con fecha treinta de mayo del año dos mil dieciocho ante el Notario Público Castro don Pedro Hernán Larrere Castro, anotado en el repertorio de instrumentos públicos bajo el número dos mil ciento cuarenta y ocho guión dos mil dieciocho, mediante el cual se constituyó la Sociedad por Acciones, denominada “SOCIEDAD QUEULAT SpA” o “NUBES DE QUINCHAO SpA”; cuyo extracto se procedió a publicar en el Diario Oficial de fecha quince de junio de dos mil dieciocho, número cuarenta y dos mil ochenta y tres; y extracto rectificado se procedió a publicar en el Diario Oficial de fecha veintiuno de junio de dos mil dieciocho, número cuarenta y dos mil ochenta y ocho, se procedió a inscribir en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Quinchao, a fojas tres Número tres, correspondiente al año dos mil dieciocho, con fecha seis de julio de dos mil dieciocho.- Se deja constancia que la referida persona jurídica cuenta con el Rol Único Tributario número 76.899.385-8.- Constancia del error. Que vienen el compareciente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo primero y siguientes de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, que establece normas sobre el saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, en sanear el vicio de nulidad, que afecta a la constitución de la sociedad individualizada en la cláusula primera precedente, consistente en haberse inscrito la presente Sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quinchao, fuera del plazo establecido en la Ley.- Rectificación. En razón de lo expresado precedentemente y a fin de sanear el vicio de nulidad que afecta la Escritura de constitución, la compareciente expresa que según lo dispuesto en el artículo dos del mismo cuerpo legal, el saneamiento producirá efecto retroactivo a la fecha de la inscripción o publicación tardía, y si ambas formalidades se practicaron con retraso a la fecha en que se haya realizado la última. Y que según lo dispuesto en la letra b) del artículo tercero del mismo cuerpo legal, la corrección del vicio se entenderá cumplida con la inscripción y, en su caso, la publicación del extracto de esta escritura de saneamiento, extracto que contendrá las menciones exigidas por el artículo cuarto de la citada Ley.- En todo lo que no se aclara o rectifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones de la escritura individualizada en la cláusula primera anterior. Achao, 07 de septiembre de 2022.