CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA RENÉ VELÁSQUEZ AGUAYO, E.I.R.L.

CVE 2189016
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de septiembre de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de septiembre de 2022
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
será la ciudad de Temuco
Duración
tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por iguales periodos de tiempo

Objeto social

será la compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y toda otra forma de explotación de bienes raíces, urbanos o rústicos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha diez de Agosto de dos mil veintidós, ante mí, don RENÉ JOSÉ VELÁSQUEZ AGUAYO, de nacionalidad chilena, divorciado, factor de comercio, cincuenta y un años de edad, cédula nacional de identidad número once millones setecientos catorce mil seiscientos ochenta y dos guión cero, con domicilio en avenida Gabriela Mistral, casa número cero dos mil cuatrocientos sesenta y uno, Villa Lomas de Mirasur, de la ciudad de Temuco. Constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. NOMBRE EMPRESA: será “INMOBILIARIA RENÉ VELÁSQUEZ AGUAYO, E.I.R.L.”, pudiendo también actuar, incluso ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República, Municipalidades y demás servicios y empresas públicas o de administración Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, bajo el nombre de fantasía de “INMOBILIARIA MARBELLA, E.I.R.L.”.- ADMINISTRACION Y USO DEL NOMBRE: corresponderá a don RENÉ JOSÉ VELÁSQUEZ AGUAYO, facultades en escritura extractada. CAPITAL: será la suma de $20.000.000.-, que se enteran, pagan e ingresan a la caja empresarial, en la siguiente forma: a) En acto escritura, con la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, los que son enterados, pagados e ingresados a la caja empresarial, en dinero en efectivo; y b) El saldo de QUINCE MILLONES DE PESOS, que será pagado dentro de los veinticuatro meses siguientes, a la fecha de suscripción de este instrumento. El pago de esta parte del capital podrá hacerse en dinero en efectivo o en bienes inmuebles, muebles, vehículos o herramientas necesarias para el desarrollo del giro de la compañía. OBJETO: será la compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y toda otra forma de explotación de bienes raíces, urbanos o rústicos. DURACION: tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por iguales periodos de tiempo. DOMICILIO: será la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que se establezcan en ésta u otras ciudades del país. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 14 de Septiembre de 2022.-