CORREDORA DE SEGUROS IGLÚ SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de febrero de 2022
- Repertorio
- 30283/2022
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico: que por junta extraordinaria de accionistas de fecha 23 de agosto de 2022, protocolizada, ante mí, el 07 de septiembre 2022, protocolización Nº 639, repertorio N°30283 / 2022, don FELIPE ANDRÉS ORTEGA ZAMBRANO, domiciliado en Bergen Nº 250, Depto. 606, Las Condes; don FERNANDO RODRIGO RAMOS AGUAYO domiciliado en Medinacelli Nº 1144, Depto. 64, Las Condes; y don DIEGO IGNACIO PEREIRA MARTINEZ domiciliado en Padre Mariano Nº 210, oficina 601, Providencia; modificaron la sociedad “CORREDORA DE SEGUROS IGLÚ SpA.”, RUT Nº 77.531.861-9, constituida por escritura pública de fecha 08 de febrero de 2022, otorgada ante don Juan Ignacio San Martin Schröder, abogado, Notario Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago don Juan Ricardo San Martin Urrejola, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 12037 número 5825 del año 2022 y publicada en el Diario Oficial en su edición del día 12 de febrero de 2022. MODIFICACION SOCIAL: don FELIPE ANDRÉS ORTEGA ZAMBRANO, don FERNANDO RODRIGO RAMOS AGUAYO y don DIEGO IGNACIO PEREIRA MARTINEZ en su calidad de únicos accionistas de la sociedad acuerda modificar los estatutos de la Sociedad referida, se modificará el texto del Articulo Segundo Transitorio de los estatutos sociales, por el siguiente: ARTÍCULO SEGUNDO. Se designa como Gerente General a don SEBASTIÁN ANDRÉS VIVANCO HOFFMANN, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad Nº 15.338.107-0, quien representara a la sociedad con las atribuciones y facultades que se confieren en los estatutos sociales y que se dan por expresamente reproducidos. Se deja expresa constancia que ante el fallecimiento del Gerente General que hace las veces de administrador de la sociedad, solo se podrá nombrar en su reemplazo a una persona que reúna los requisitos para ser Corredor de seguros en conformidad a la normativa nacional vigente. Manteniéndose vigente todo lo no modificado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de Septiembre de 2022.