MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Besalco Concesiones S.A.

RUT 96980720-3 CVE 2188826
Capital
$38.884.242.230 CLP
Fecha instrumento
13 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de septiembre de 2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$38.884.242.230 CLP

Objeto social

a) abordar la ejecución de obras de infraestructura, tales como obras viales, portuarias, aeroportuarias, de aguas y servicios sanitarios u cualquiera otra, que se le encomiende bajo la modalidad o sistema de concesiones o bajo cualquier otra figura jurídica distinta a la concesión, siempre que en la forma de ejecución de tales obras se reúna copulativamente la construcción, mantenimiento y explotación de las mismas. Se entenderán especialmente incluidos los proyectos bajo el régimen de concesión que se enmarque en la Ley de Concesiones de Obras Públicas y sus modificaciones. Además la sociedad podrá adquirir participaciones en la propiedad de empresas de infraestructura. En cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar por sí o por medio de terceros, todas o cualquiera de las actividades de construcción, mantenimiento, operación, explotación, estudios preliminares de demanda, factibilidad técnica, de financiamiento y otros. Para la ejecución, desarrollo y explotación de las obras que se le adjudiquen bajo la modalidad de concesión, la sociedad podrá participar indirectamente constituyendo nuevas sociedades o bien ingresando a las ya constituidas. Asimismo la sociedad podrá participar indirecta o directamente como socio, accionista o administrador de todo tipo de sociedades, asociaciones, corporaciones, fundaciones, sea que estas que ya existan o que ella misma constituya; con personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, cualquiera sea su objeto, naturaleza o nacionalidad; b) participar en las actividades de estudio, evaluación, construcción, desarrollo, operación y explotación de centrales de generación eléctrica, hidroeléctricas, eólicas, a carbón, diésel o de otra naturaleza, subestaciones, y otros sistemas eléctricos de su propiedad o de terceros y realizar todas las construcciones y obras civiles necesarias al efecto; c) la generación, transporte de energía para su inyección y retiro en el sistema eléctrico, suministro y venta de energía eléctrica; y la prestación de servicios de operación, mantención y reparación de sistemas eléctricos; d) la comercialización de la potencia y energía, incluido el atributo de energía renovable no convencional de sus instalaciones propias o de terceros, la comercialización de la capacidad de transporte de líneas y la capacidad de transformación de las subestaciones y equipos asociados; e) la obtención, transferencia, compra, arrendamiento, goce, y en general, explotación en cualquier forma de las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos, exceptuadas aquellas de transmisión, las concesiones de obras públicas, derechos de aprovechamiento de aguas de cualquier naturaleza y concesiones de exploración y explotación mineras; y, f) constituir sociedades de cualquier naturaleza cuyos objetos estén relacionados o vinculados con el estudio, generación, producción, compraventa, suministro de energía o que tengan como insumo principal la energía eléctrica. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá obtener las autorizaciones respectivas; y, en general, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, al desarrollo de su objeto o la inversión de fondos de la sociedad.”; II.- Modificar la razón social de la sociedad por “Besalco Inversiones y Energía S.A.” En virtud de lo anterior, se sustituyó el Artículo Primero de los estatutos, por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: Se constituye una sociedad anónima cerrada bajo el nombre o razón social de “BESALCO INVERSIONES Y ENERGÍA S.A.” y se regirá por las disposiciones de estos estatutos y, en su silencio, por las disposiciones legales pertinentes y las establecidas en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis y su Reglamento."; III.- Disminuir el capital de la sociedad de la suma de $38.884.242.230, dividido en 33.701.146 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, a la uma de $10.087.378.623, dividido en 33.701.146 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, mediante la absorción de pérdidas acumuladas por $28.796.863.607, según balance al 31 de diciembre de 2021; IV.- Aumentar el capital de la sociedad de $10.087.378.623, dividido en 33.701.146 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $24.787.378.623, dividido en 67.416.742 nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. El monto del aumento de capital correspondiente a $14.700.000.000, se enterará mediante la emisión de 33.715.596 de acciones que se emitirán, suscribirán y pagarán en dinero efectivo o capitalizando todo o parte de los créditos que los accionistas tuvieren en contra de la sociedad, a más tardar dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la junta; y, V.- Reemplazar el artículo quinto permanente y tercero transitorio de los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: que en Junta Extraordinaria de Accionistas de Besalco Concesiones S.A., celebrada con fecha 30 de agosto de 2022, reducida a escritura pública con esa misma fecha, ante mí, se acordó: I.- Modificar el objeto de la sociedad. En virtud de lo anterior, se sustituyó el Artículo Segundo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: La sociedad tendrá por objeto: a) abordar la ejecución de obras de infraestructura, tales como obras viales, portuarias, aeroportuarias, de aguas y servicios sanitarios u cualquiera otra, que se le encomiende bajo la modalidad o sistema de concesiones o bajo cualquier otra figura jurídica distinta a la concesión, siempre que en la forma de ejecución de tales obras se reúna copulativamente la construcción, mantenimiento y explotación de las mismas. Se entenderán especialmente incluidos los proyectos bajo el régimen de concesión que se enmarque en la Ley de Concesiones de Obras Públicas y sus modificaciones. Además la sociedad podrá adquirir participaciones en la propiedad de empresas de infraestructura. En cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar por sí o por medio de terceros, todas o cualquiera de las actividades de construcción, mantenimiento, operación, explotación, estudios preliminares de demanda, factibilidad técnica, de financiamiento y otros. Para la ejecución, desarrollo y explotación de las obras que se le adjudiquen bajo la modalidad de concesión, la sociedad podrá participar indirectamente constituyendo nuevas sociedades o bien ingresando a las ya constituidas. Asimismo la sociedad podrá participar indirecta o directamente como socio, accionista o administrador de todo tipo de sociedades, asociaciones, corporaciones, fundaciones, sea que estas que ya existan o que ella misma constituya; con personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, cualquiera sea su objeto, naturaleza o nacionalidad; b) participar en las actividades de estudio, evaluación, construcción, desarrollo, operación y explotación de centrales de generación eléctrica, hidroeléctricas, eólicas, a carbón, diésel o de otra naturaleza, subestaciones, y otros sistemas eléctricos de su propiedad o de terceros y realizar todas las construcciones y obras civiles necesarias al efecto; c) la generación, transporte de energía para su inyección y retiro en el sistema eléctrico, suministro y venta de energía eléctrica; y la prestación de servicios de operación, mantención y reparación de sistemas eléctricos; d) la comercialización de la potencia y energía, incluido el atributo de energía renovable no convencional de sus instalaciones propias o de terceros, la comercialización de la capacidad de transporte de líneas y la capacidad de transformación de las subestaciones y equipos asociados; e) la obtención, transferencia, compra, arrendamiento, goce, y en general, explotación en cualquier forma de las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos, exceptuadas aquellas de transmisión, las concesiones de obras públicas, derechos de aprovechamiento de aguas de cualquier naturaleza y concesiones de exploración y explotación mineras; y, f) constituir sociedades de cualquier naturaleza cuyos objetos estén relacionados o vinculados con el estudio, generación, producción, compraventa, suministro de energía o que tengan como insumo principal la energía eléctrica. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá obtener las autorizaciones respectivas; y, en general, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, al desarrollo de su objeto o la inversión de fondos de la sociedad.”; II.- Modificar la razón social de la sociedad por “Besalco Inversiones y Energía S.A.” En virtud de lo anterior, se sustituyó el Artículo Primero de los estatutos, por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: Se constituye una sociedad anónima cerrada bajo el nombre o razón social de “BESALCO INVERSIONES Y ENERGÍA S.A.” y se regirá por las disposiciones de estos estatutos y, en su silencio, por las disposiciones legales pertinentes y las establecidas en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis y su Reglamento."; III.- Disminuir el capital de la sociedad de la suma de $38.884.242.230, dividido en 33.701.146 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, a la uma de $10.087.378.623, dividido en 33.701.146 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, mediante la absorción de pérdidas acumuladas por $28.796.863.607, según balance al 31 de diciembre de 2021; IV.- Aumentar el capital de la sociedad de $10.087.378.623, dividido en 33.701.146 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $24.787.378.623, dividido en 67.416.742 nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. El monto del aumento de capital correspondiente a $14.700.000.000, se enterará mediante la emisión de 33.715.596 de acciones que se emitirán, suscribirán y pagarán en dinero efectivo o capitalizando todo o parte de los créditos que los accionistas tuvieren en contra de la sociedad, a más tardar dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la junta; y, V.- Reemplazar el artículo quinto permanente y tercero transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de septiembre de 2022.