CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGROINDUSTRIAL ALMAHUE LIMITADA

CVE 2188140
Fecha instrumento
8 de septiembre de 2022
Notaría
Pública
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
8 de septiembre de 2022
Notario
JORGE REYES BESSONE
Oficio
Novena Notaría Pública de San Miguel
Comuna
Pública

Sociedad

Duración
La Sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de dos años. Se entenderá prorrogada la duración de la Sociedad, en forma automática, por períodos iguales y sucesivos de un año, a menos que cualquiera de los socios manifestará su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio de Santiago, todo con una anticipación mínima de seis meses al respectivo vencimiento. 4

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto la explotación, cultivo, cosecha, extracción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, hortícolas, ganaderos y forestales de toda clase de inmuebles, ya sea propios o ajenos; la prestación de servicios de embalajes, packing, frigorífico, procesamiento de frutas, verduras y hortalizas; y en general, actos o negocios que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social y todos los que acuerden sus

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Antonio Marcelino Pereira Yrarrázaval y a don Santiago Pereira Rabat, quienes, actuando individual e indistintamente, representarán a la Sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica que: por escritura pública de fecha 8 de septiembre de 2022, ante mí, Inversiones Pullally Limitada y Agrícola Santa Ana del Huique SpA, ambas debidamente representadas y domiciliadas para estos efectos calle Cruz del Sur número ciento treinta y tres, oficina seiscientos uno, comuna de Las Condes, Santiago; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Razón Social: “AGROINDUSTRIAL ALMAHUE LIMITADA” (en adelante, la “Sociedad”), sin perjuicio de que, para fines comerciales, publicitarios e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos, pueda usar el nombre “AGROINDUSTRIAL ALMAHUE LTDA.”, con el cual se obligará de la misma manera que si actuare con su razón social íntegra. 2. Objeto: La Sociedad tiene por objeto la explotación, cultivo, cosecha, extracción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, hortícolas, ganaderos y forestales de toda clase de inmuebles, ya sea propios o ajenos; la prestación de servicios de embalajes, packing, frigorífico, procesamiento de frutas, verduras y hortalizas; y en general, actos o negocios que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social y todos los que acuerden sus socios. 3. Duración: La Sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de dos años. Se entenderá prorrogada la duración de la Sociedad, en forma automática, por períodos iguales y sucesivos de un año, a menos que cualquiera de los socios manifestará su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio de Santiago, todo con una anticipación mínima de seis meses al respectivo vencimiento. 4. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran a la caja social en este acto de la siguiente forma: /a/ Inversiones Pullally Limitada, aporta en dinero efectivo la suma novecientos noventa y nueve mil pesos; /b/ Agrícola Santa Ana del Huique SpA, aporta en dinero efectivo la suma de mil pesos. 5. Administración, Representación y Uso de la Razón Social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Antonio Marcelino Pereira Yrarrázaval y a don Santiago Pereira Rabat, quienes, actuando individual e indistintamente, representarán a la Sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada a monto de sus aportes. Santiago, 8 de septiembre de 2022.