MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Empresas VQ SpA

RUT 76020284-3 CVE 2187889
Capital
$30.332.286 CLP
Fecha instrumento
29 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de agosto de 2022
Notario
Álvaro González Salinas
Oficio
42ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$30.332.286 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de Santiago, Agustinas 1.070, piso 2, Santiago, certifico que por escritura pública de 29 de agosto de 2022, ante mi, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria Accionistas de Empresas VQ SpA celebrada el 29 de agosto de 2022, en que se acordó: Uno/ Modificar el capital social en orden a establecer dos series diferentes de acciones. Capital social de $30.332.286.377 queda dividido en 35.211.924 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal de la Serie A, íntegramente suscritas y pagadas; y 11.737.308 acciones preferentes, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, de la Serie B, íntegramente suscritas y pagadas, que tendrán los mismos derechos y obligaciones que las acciones de la Serie A y que, adicionalmente, tendrán, hasta el 30 de abril de 2030, la responsabilidad y preferencia consistente en: (a) La obligación y derecho a designar por sí solas a 3 de los 7 directores de la Sociedad. La designación de los restantes 4 directores corresponderá a todos los accionistas de las Series A y B, correspondiendo a los accionistas titulares de las acciones de la Serie B los mismos derechos y obligaciones que a los accionistas titulares de las acciones de la Serie A en tal designación. (b) El derecho, conforme a lo previsto en el artículo 442 del Código de Comercio, a un dividendo adicional, por un monto fijo determinable, equivalente a un 8% de las utilidades netas consolidadas de Empresas VQ SpA que correspondan anualmente desde este ejercicio 2022 hasta el ejercicio que termina el 31 de diciembre de 2029, ambos inclusive, que se pagará a los accionistas de la Serie B en carácter de adicional a los dividendos ordinarios que correspondan a todas las acciones de las series A y B en que se encuentra dividido el capital social y que se pagará de forma preferente a los mismos dividendos ordinarios. En el evento de no haber utilidades en el respectivo ejercicio, este dividendo adicional no se devengará, ni tendrá el carácter de acumulativo, no pudiendo, en consecuencia, el titular de esta serie de acciones ejercer las opciones que se establecen en los números 1.- y 2.- del artículo 442 antes referido. Los dividendos que de acuerdo a lo señalado precedentemente no tengan el carácter de adicional, serán considerados dividendos ordinarios, los que se repartirán y pagarán bajo los mismos términos y condiciones a todas las acciones de la sociedad, sean de la Serie A o B. El dividendo ordinario se pagará con cargo a las utilidades de la sociedad, sea que provengan de las utilidades del ejercicio o de las retenidas y de sus respectivas revalorizaciones, y se repartirá en los mismos términos y condiciones para todas las acciones de la Sociedad, sea que pertenezcan a la Serie A o B. La responsabilidad y preferencias antes indicadas durarán hasta el 30 de abril de 2030, pasando a contar de dicha fecha a ser tales acciones de la Serie B, acciones ordinarias, y de iguales características a las acciones Serie A. Dos/ Reemplazar el Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio del Estatuto Social referentes al Capital Social y a la manera de enterarlo, respectivamente, a fin de adecuarlos a la modificación del capital antes mencionada. Tres/ Otras modificaciones que se indican en escritura extractada y que no son materia de extracto. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de septiembre de 2022.