IDEAS COMERCIALES S.A.C.
Instrumento
- Fecha
- 7 de julio de 2022
- Repertorio
- 1942
- Notario
- CARLOS ERNESTO VILA MOLINA
- Oficio
- 4ta. Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N.
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la ejecución de actividades comerciales, desarrollo inmobiliario, gestión, turismo, hotelería, explotación por arriendo a terceros; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, en especial acciones, bonos, certificados, explotar concesiones, dar, ceder, arrendar servidumbres, explotar en el giro de la sociedad concesiones marítimas y debentures emitidos por sociedades particulares o por el estado; comprar, vender, transferir, ceder, endosar, dejar en garantía o custodia de acciones a través de un banco comercial, corredora de bolsa o bolsa de corredores, dentro o fuera del país; la adquisición, construcción, administración, explotación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes inmuebles, incluidos lotes y terrenos urbanos rurales, urbanizados o no urbanizados, viviendas, oficinas, etcétera como asimismo, establecimientos comerciales e industriales; la importación, exportación, reexpedición de todo tipo de mercaderías, vehículos, maquinarias y equipos importados o nacionales, la elaboración, transformación, manufactura, representación, distribución, compraventa y comercialización de cualquier clase de artículos, mercaderías, productos, maquinarias, equipos, materias primas y en general de toda clase de bienes muebles, la prestación de servicios en sus diferentes aspectos y rubros; la explotación de las actividades agrícolas pecuarias, turísticas en general, la realización lucrativa de todo tipo de actos de comercio e industria que los accionistas acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ERNESTO VILA MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta. Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch Nº 525, certifico: que por escritura pública del 02/Septiembre/2022, otorgada ante CLAUDIO ERNESTO VILA BUSTILLOS, Notario Público Suplente de este Oficio Notarial: Doña GYPSSY CARVAJAL SAAVEDRA, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número 16.928.000-2, domiciliada para estos efectos en Santa Coloma de Farnes 2897, Península de Cavancha, comuna de Iquique, debidamente facultada, redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad IDEAS COMERCIALES S.A.C., de fecha 07.07.2022, repertorio N°1.942, sociedad inscrita a fojas 874 vuelta, bajo el número 898 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, año 2011. Junta mencionada fue realizada con presencia de notario suscrito y con la concurrencia de todos sus accionistas; DANIEL VISHINDAS RELWANI, cédula de identidad de extranjería número 14.643.450-9; y SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI, cédula de Identidad de Extranjería número 14.611.902-6; cumpliendo la Junta con los requisitos establecidos en el artículo 57 Ley N.°18.046, sobre sociedades anónimas y artículo 106 D.S. N°. 702 que aprueba el nuevo reglamento de sociedades anónimas, y demás normas pertinentes. La Junta acordó: (i) Modificar el domicilio de la Sociedad; (ii) Como consecuencia de lo anterior, modificar el artículo tercero de los estatutos: “Artículo Tercero: La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero.”; (iii) Transformar el actual tipo o especie social de la Sociedad a una Sociedad por Acciones, conforme a extracto: NOMBRE: Ideas Comerciales SpA. OBJETO: El objeto de la Sociedad será la ejecución de actividades comerciales, desarrollo inmobiliario, gestión, turismo, hotelería, explotación por arriendo a terceros; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, en especial acciones, bonos, certificados, explotar concesiones, dar, ceder, arrendar servidumbres, explotar en el giro de la sociedad concesiones marítimas y debentures emitidos por sociedades particulares o por el estado; comprar, vender, transferir, ceder, endosar, dejar en garantía o custodia de acciones a través de un banco comercial, corredora de bolsa o bolsa de corredores, dentro o fuera del país; la adquisición, construcción, administración, explotación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes inmuebles, incluidos lotes y terrenos urbanos rurales, urbanizados o no urbanizados, viviendas, oficinas, etcétera como asimismo, establecimientos comerciales e industriales; la importación, exportación, reexpedición de todo tipo de mercaderías, vehículos, maquinarias y equipos importados o nacionales, la elaboración, transformación, manufactura, representación, distribución, compraventa y comercialización de cualquier clase de artículos, mercaderías, productos, maquinarias, equipos, materias primas y en general de toda clase de bienes muebles, la prestación de servicios en sus diferentes aspectos y rubros; la explotación de las actividades agrícolas pecuarias, turísticas en general, la realización lucrativa de todo tipo de actos de comercio e industria que los accionistas acuerden. CAPITAL: El capital social asciende a la suma $100.000.000 dividido en 100 acciones, sin valor nominal, nominativas, de las cuales 30 acciones corresponden a Acciones Serie A y 70 acciones corresponden a Acciones Serie B. /Uno/ Preferencias y restricciones de las Acciones Serie A: /a/derecho a determinar los dividendos a distribuir, de acuerdo con los Artículos Vigésimo Noveno y Trigésimo de los Estatutos; /b/derecho a recibir dividendos de parte de la Sociedad; c)facultad exclusiva de designar al Administrador conforme lo dispuesto en el Artículo Décimo Primero de estos Estatutos, incluyendo derecho a nombrar reemplazante en caso de vacancia./Dos/ Preferencias y restricciones de las Acciones Serie B: /a/derecho a recibir dividendos de parte de la Sociedad, los que se distribuirán de acuerdo con los Artículos Vigésimo Noveno y Trigésimo de los Estatutos y serán determinados por las Acciones Serie A de conformidad a lo estipulado en la letra /a/ del párrafo /Uno/ precedente de ésta cláusula; /b/restricción consistente en no tener derecho a voto en la designación de Administrador ni su reemplazante, facultad exclusiva de las Acciones Serie A según lo estipulado en la letra c) del párrafo /Uno/ precedente de ésta cláusula. /Tres/ Salvo en los aspectos referidos en los párrafos /Uno/ y /Dos/ precedentes, las acciones Serie A y las acciones Serie B gozarán de idénticos derechos, deberes, privilegios y prerrogativas. /Cuatro/ Sin perjuicio de lo indicado en los párrafos precedentes, en el evento que don DANIEL VISHINDAS RELWANI fallezca o quede en condición de incapaz, en ambos casos por cualquier causa, las Acciones Serie A perderán las preferencias establecidas en las letras /a/ y c) del párrafo /Uno/ precedente. Asimismo, y en caso de ocurrir la situación descrita, las Acciones Serie B pasarán a tener las preferencias indicadas en las letras /a/ y c) del párrafo /Uno/ precedente. En consecuencia, ante el eventual fallecimiento o incapacidad de don DANIEL VISHINDAS RELWANI, las Acciones Serie B tendrán las siguientes preferencias y restricciones: /a/derecho a determinar los dividendos a distribuir, de acuerdo con los Artículos Vigésimo Noveno y Trigésimo de los Estatutos; /b/derecho a recibir dividendos de parte de la Sociedad; c)facultad exclusiva de designar al Administrador conforme lo dispuesto en el Artículo Décimo Primero de estos Estatutos, incluyendo derecho a nombrar reemplazante en caso de vacancia. A su turno, en este escenario, las Acciones Serie A tendrán las siguientes preferencias y restricciones: /a/derecho a recibir dividendos de parte de la Sociedad, los que se distribuirán de acuerdo con los Artículos Vigésimo Noveno y Trigésimo de los Estatutos de la Sociedad, y serán determinados por las Acciones Serie B de conformidad a lo estipulado en la letra /a/ del párrafo precedente de ésta cláusula; /b/restricción consistente en no tener derecho a voto en la designación de Administrador ni su reemplazante, facultad exclusiva de las Acciones Serie B según lo estipulado en la letra c) del párrafo precedente de ésta cláusula. El capital social, ascendente a la suma de $100.000.000 dividido 100 acciones, sin valor nominal, nominativas, de las cuales 30 acciones corresponden a Acciones Serie A y 70 acciones corresponden a Acciones Serie B. Las acciones han sido suscritas y pagadas de la siguiente forma: /A/ Acciones Serie A: 30 acciones han sido suscritas y pagadas por don DANIEL VISHINDAS RELWANI, con anterioridad a la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 07 de julio de 2022 en la que se acordó la transformación de la Sociedad a una Sociedad por Acciones. /B/ Acciones Serie B: 70 acciones han sido suscritas y pagadas por doña SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI, con anterioridad a la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 07 de julio de 2022 en la que se acordó la transformación de la Sociedad a una Sociedad por Acciones. Demás menciones constan en escritura extractada. IQUIQUE, 03 de Septiembre de 2022.-