MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Segmar Limitada

RUT 77350839-9 CVE 2186093
Fecha instrumento
31 de agosto de 2022
Notaría
San

Instrumento

Fecha
31 de agosto de 2022
Notario
IGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ
Oficio
Segunda Notaría de San Vicente de T.T
Comuna
San

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ, Notario Público Titular Segunda Notaría de San Vicente de T.T., Carmen Gallegos N° 320, San Vicente de T.T., certifico: Por escritura pública otorgada ante mí el 31 de agosto de 2022, Manuel Antonio Froilán Segura Covarrubias, en representación de la Sociedad de Inversiones Inmobiliarias Anfecar Limitada o “Inmobiliaria Anfecar Ltda.”, ambos domiciliados en Horacio Aránguiz N° 642, San Vicente de Tagua Tagua; Nicolás Domingo Lorenzo Marchi Castro, en representación de la sociedad “Frutmar SpA”, ambos domiciliados en Rosario Río s, comuna de Peumo; y, Felipe Antonio Segura Ardisana, en representación de la sociedad “Agrícola Pedro José Limitada”, ambos domiciliados en Horacio Aránguiz N° 642, San Vicente de Tagua Tagua, exponen: La Sociedad de Inversiones Inmobiliarias Anfecar Limitada y la sociedad Frutmar SpA, son las actuales y únicas socias de la sociedad de responsabilidad limitada “Agrícola Segmar Limitada” o “Segmar Ltda.”, Rut N°77.350.839-9, constituida por escritura pública de fecha 19 de marzo de 2021, cuyo extracto fue inscrito a fojas 25 N° 20 del Registro de Comercio del año 2021, del Conservador de Bienes Raíces de San Vicente. Capital: $10 millones de pesos.- Modificación: 1) La Sociedad de Inversiones Inmobiliarias Anfecar Limitada, debidamente representada, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes a un 50% del capital social, a la sociedad “Agrícola Pedro José Limitada”. Precio de la cesión: $50 millones de pesos, pagados de la forma señalada en escritura extractada. Quedan como únicas socias de la sociedad Agrícola Segmar Limitada o “Segmar Ltda.”, la sociedad Frutmar SpA, con un 50% del capital o derechos sociales, y la sociedad “Agrícola Pedro José Limitada”, con el restante 50% del capital o derechos sociales; 2) Se modifica cláusula cuarta de estatutos sociales. La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a la socias “Frutmar SpA” y/o “Agrícola Pedro José Limitada”, ambas y, respectivamente, a través de sus representantes legales, con las facultades establecidas en la cláusula cuarta.- Demás estipulaciones escritura extractada.- San Vicente de T.T., 08 de septiembre de 2022.-