VARELA & RODRIGUEZ SERVICIOS GASTRONOMICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2022
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público, titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, SIMON MATIAS VARELA MARTÍNEZ; don BERNARDO ALBERTO CORREA RODRIGUEZ, y doña MARÍA PAZ CIFUENTES MARTINEZ, modificaron la sociedad, VARELA & RODRIGUEZ SERVICIOS GASTRONOMICOS LIMITADA también llamada FOGONETA LTDA. o, V&R LTDA., Rol Único Tributario número 77.498.537-9, y cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Villarrica a fojas 145, número 98, del año 2021, en cuanto: 1) don Bernardo Correa Rodríguez, con expresa autorización del los socios y de la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos o acciones adquiridos sobre la sociedad equivalentes al cincuenta por ciento del capital social a doña María Paz Cifuentes Martínez, quien los compra, adquiere y acepta para sí. 2) Quedan como únicos socios don Simón Varela Martínez y doña Paz Cifuentes Martínez, con el 50% de los derechos cada uno. 3) Se modifica la cláusula SEGUNDA. de la forma siguiente: “ SEGUNDO: Razón social será “ VARELA & CIFUENTES SERVICIOS GASTRONOMICOS LIMITADA”, pudiendo usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, con la abreviación o nombres de fantasía de “FOGONEROS LTDA. o V&C LTDA.”; 4) Se modifica el primer párrafo de la cláusula CUARTO. de la forma siguiente: “CUARTO. Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Simón Varela Martínez y a doña MARIA PAZ CIFUENTES MARTINEZ quienes actuando conjuntamente o separadamente, y anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades, entendiéndose comprendidas entre ellas, sin que su enumeración sea o tenga el carácter de taxativa y sin que sea necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro ordinario, las siguientes:” . En todo lo no modificado expresamentepermanece vigente estatuto social primitivo.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago a 02 de agosto de 2022.