Sociedad Eyquem y Benoit Comercial Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2022
- Notario
- FELIX JARA CADOR
- Domicilio
- 41° Nota ría Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOR, Notario Público, Titular 41° Nota ría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy ante mi: MARIA EUGENIA CADIZ MORONG y PAULA EYQUEM FUENTEALBA, ambas domiciliadas en Ossandón, número trescientos noventa y uno, comuna de La Reina, Santiago, quien actúa en este acto en representación de LUIS ALBERTO EYQUEM MOYA, con domicilio en calle Ortiz de Ocampo número seis nueve cinco de Barrio Parque, Rio Ceballos, departamento Colon, Provincia de Córdoba, República Argentina, de paso en ésta; MARÍA CONSTANZA EYQUEM MOYA, con domicilio en calle Publica número dos, número cinco mil setecientos noventa y cinco de Barrio Los Bulevares, ciudad de Córdoba, República Argentina, de paso en ésta, y ALEJANDRO EYQUEM MOYA, con domicilio en calle Formosa número cinco mil seiscientos treinta (oeste), departamento Chimbas, Provincia de San Juan, República Argentina, de paso en ésta. Por escritura pública otorgada con fecha veintiséis de marzo del año mil novecientos setenta y nueve, ante don Álvaro Bianchi Rosas, CARLOS BENOIT CONTESSE, cedula de identidad número cuatro millones ochocientos cincuenta y cinco mil quinientos veintidós y LUIS PABLO EYQUEM PIZARRO, cedula de identidad número dos millones cuatrocientos setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y nueve, constituyeron Sociedad Eyquem y Benoit Comercial Limitada”, cuyo extracto fue inscrito a fojas 3702 número 2715, del Registro de Comercio del CBR del año 1979. Capital social asciende a la suma de $500.000. La Sociedad Eyquem y Benoit Limitada se modificó: uno) por escritura pública de fecha veinte de mayo del año mil novecientos noventa y dos, mediante la cual don Carlos Benoit Contesse, se retiró de la sociedad, cediendo lo totalidad de sus derechos que ascendían al cincuenta por ciento a don Carlos Adriano Ugarte Soto. Dicha modificación se inscribió a fojas dieciséis mil quinientos veinte número ocho mil trescientos cincuenta cuatro, del registro de comercio del conservador de bienes raíces de Santiago, del año mil novecientos noventa y dos. Y dos) por escritura pública de fecha doce de junio del año mil novecientos noventa y dos, mediante la cual don Carlos Adriano Ugarte Soto se retiró de la sociedad, cediendo sus derechos sociales que ascendían al cincuenta por ciento de los derechos sociales a don Luis Alberto Eyquem Moya, al cual le cedió el diez por ciento de los derechos sociales y a don Luis Pablo Eyquem Pizarro, al cual le cedió el cuarenta por ciento de los derechos sociales, quedando en definitiva con esta modificación como únicos socios don Luis Pablo Eyquem Pizarro con un noventa por ciento del capital social y don Luis Alberto Eyquem Moya con un diez por ciento del capital social. La presente modificación se inscribió a fojas veinte mil cuatrocientos diecisiete, número diez mil seiscientos cuarenta y cuatro del registro de comercio del conservador de bienes raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y dos. Doña María Eugenia Cádiz Morong, don Luis Alberto Eyquem Moya, doña María Constanza Eyquem Moya, y don Alejandro Eyquem Moya, tiene la calidad de herederos de don Luis Pablo Eyquem Pizarro, en virtud de habérseles concedido la posesión efectiva de su herencia testada, otorgada mediante sentencia dictada por el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago, causa rol número veintisiete del año dos mil diecisiete, la cual se inscribió a Fojas 28.490, número 41.225 del Registro de Propiedad del CBR de Santiago del año 2019. Conforme a lo estipulado en la cláusula decima del pacto social, doña María Constanza Eyquem Moya, don Alejandro Eyquem Moya y don Luis Alberto Eyquem Moya representados en este acto por doña Paula Eyquem Fuentealba, y doña María Eugenia Cádiz Morong, vienen en designar como procurador común a don Luis Alberto Eyquem Moya, cédula nacional de identidad número seis millones doscientos cuarenta y dos mil cuarenta y cuatro guion ocho, en los términos estipulados y con las facultades establecidas en el pacto social y en la ley, el cual acepta la designación en la forma que se efectúa. Asimismo, doña María Constanza Eyquem Moya, don Alejandro Eyquem Moya y don Luis Alberto Eyquem Moya todos representados en este acto por doña Paula Eyquem Fuentealba, y doña María Eugenia Cádiz Morong, todos en su calidad de socios de la sociedad Eyquem y Benoit Ltda, vienen en acordar la siguientes modificaciones al pacto social: Se modifica la cláusula tercera del pacto social, en el sentido de señalar que “La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a don Luis Alberto Eyquem Moya, con las más amplias facultades, señaladas en escritura, a excepción de las que se señalan en el párrafo final de esta cláusula. Socios continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 15 de julio de 2022.