MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Miralejos Limitada

RUT 77504656-2 CVE 2184189
Capital
$8.470.452 CLP
Fecha instrumento
12 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2022
Repertorio
17798/2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.470.452 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 12 de agosto de 2022, Repertorio N° 17.798/2022, ante mí, doña Paulina Astorquiza Ortiz, por sí, y en representación de la sociedad Almaia SpA, doña Valentina Astorquiza Ortiz, por si, y en representación de la sociedad Cafal SpA, doña Marcela Astorquiza Ortiz, por sí, y en representación de la sociedad Cala SpA, y doña María Consuelo Astorquiza Ortiz, por sí, y en representación de la sociedad Maylo SpA, todas las anteriores domiciliadas para estos efectos en Cruz del Sur número ciento treinta y tres, oficina mil uno, comuna de Las Condes, cuidad de Santiago, acordaron modificar la sociedad “MIRALEJOS LIMITADA” inscrita a fojas 97610, Nº 45046, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021. Modificaciones consisten en: 1) Según da cuenta la escritura pública de constitución de Almaia SpA, de fecha 22 de diciembre de 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, doña Paulina Astorquiza Ortiz, en su calidad de Empresario Individual, pago íntegramente el capital social de dicha Sociedad mediante la cesión y aporte en propiedad de parte los derechos sociales de que era titular en Miralejos Limitada, equivalentes al 7,5% de los derechos sociales de dicha Sociedad. Conforme lo anterior, se deja constancia que la sociedad Almaia SpA, pasa a ser socia del 7,5% del capital y derechos sociales de la sociedad Miralejos Limitada. 2) Según da cuenta la escritura pública de constitución de Cafal SpA, de fecha 22 de diciembre de 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, doña Valentina Astorquiza Ortiz, en su calidad de Empresario Individual, pago íntegramente el capital social dicha Sociedad mediante la cesión y aporte en propiedad de parte los derechos sociales de que era titular en Miralejos Limitada, equivalentes al 2,5% de los derechos sociales de dicha Sociedad. Conforme lo anterior, se deja constancia que la sociedad Cafal SpA, pasa a ser socia del 2,5% del capital y derechos sociales de la sociedad Miralejos Limitada. 3) Según da cuenta la escritura pública de constitución de Cala SpA, de fecha 22 de diciembre de 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, doña Marcela Astorquiza Ortiz, en su calidad de Empresario Individual, pago íntegramente el capital social de dicha Sociedad mediante la cesión y aporte en propiedad de parte los derechos sociales de que era titular en Miralejos Limitada, equivalentes al 5% de los derechos sociales de dicha Sociedad. Conforme lo anterior, se deja constancia que la sociedad Cala SpA, pasa a ser socia del 5% del capital y derechos sociales de la sociedad Miralejos Limitada. 4) Según da cuenta la escritura pública de constitución de Maylo SpA, de fecha 22 de diciembre de 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, doña María Consuelo Astorquiza Ortiz, en su calidad de Empresario Individual, pago íntegramente el capital social de dicha Sociedad mediante la cesión y aporte en propiedad de parte los derechos sociales de que era titular en Miralejos Limitada, equivalentes al 2,5% de los derechos sociales de dicha sociedad. Conforme lo anterior, se deja constancia que la sociedad Maylo SpA, pasa a ser socia del 2,5% del capital y derechos sociales de la sociedad Miralejos Limitada. 5) Con motivo de las modificaciones que dan cuenta las cláusulas precedentes, los actuales socios de la sociedad Miralejos Limitada, vienen en sustituir el Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales referido al capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social de la Sociedad es la suma de $8.470.452.-, que ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: Uno) Doña Paulina Astorquiza Ortiz, pagó la suma de $1.482.329.-, equivalentes al 17,5% aproximado del capital y derechos sociales el que ha sido pagado y enterado con anterioridad a esta fecha; Dos) Doña Valentina Astorquiza Ortiz, pagó la suma de $1.905.852.- equivalentes al 22,5% aproximado del capital y derechos sociales el que ha sido pagado y enterado con anterioridad a esta fecha; Tres) Doña Marcela Astorquiza Ortiz, pagó la suma de un $1.694.090.-, equivalentes al 20% aproximado del capital y derechos sociales el que ha sido pagado y enterado con anterioridad a esta fecha; Cuatro) Doña María Consuelo Astorquiza Ortiz, pagó la suma de $1.905.852.-, equivalentes al 22,5% aproximado del capital y derechos sociales el que ha sido pagado y enterado con anterioridad a esta fecha; Cinco) La sociedad Almaia SpA, pagó la suma de $635.284.-, equivalentes al 7,5% aproximado del capital y derechos sociales el que ha sido pagado y enterado con anterioridad a esta fecha; Seis) La sociedad Cafal SpA, pagó la suma de $211.761.-, equivalentes al 2,5% aproximado del capital y derechos sociales el que ha sido pagado y enterado con anterioridad a esta fecha; Siete) La sociedad Cala SpA, pagó la suma de $423.523.-, equivalentes al 5% aproximado del capital y derechos sociales el que ha sido pagado y enterado con anterioridad a esta fecha; y, Ocho) La sociedad Maylo SpA, pagó la suma de $211.761.- equivalentes al 2,5% aproximado del capital y derechos sociales el que ha sido pagado y enterado con anterioridad a esta fecha. En todo lo no modificado, se mantienen íntegramente vigente los estatutos de la sociedad. Los socios reiteran que su responsabilidad queda limitada a los montos de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de septiembre de 2022.-