INVERSIONES CERRO SOMBRERO FINANCIERO SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de agosto de 2022
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- 5ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $70.121.428 CLP
- Ley aplicable
- Ley Nº 18.046
Objeto social
a) constituir, invertir y participar como accionista o socio, exclusivamente, en sociedades sujetas a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero, la Superintendencia de Pensiones u otras autoridades regulatorias de similar competencia, pudiendo dictar sus estatutos y modificarlos según sea necesario; b) invertir en los bienes necesarios para el desarrollo de dichas sociedades y realizar inversiones pasivas con exceso de caja; y c) percibir los frutos o rentas de sus inversiones. La sociedad podrá intervenir, directamente o a través de la o las personas que designe al efecto, en la administración del día a día de sus filiales o coligadas, salvo que alguna autoridad regulatoria competente lo prohíba; y podrá contratar empréstitos o emitir títulos de deuda, ya sea de oferta pública o privada, para financiar sus propias operaciones y otros gastos que surjan del curso ordinario de sus negocios, y para financiar mediante créditos o capital a sus filiales o coligadas, o para efectuar inversiones en o adquisiciones de sociedades sujetas a fiscalización de las citadas autoridades regulatorias. En todo caso, la sociedad sólo podrá garantizar obligaciones de sus filiales y coligadas y no de terceros distintos de éstas. Los términos “filiales” y “coligadas”, para los efectos de estos estatutos, tendrán el significado establecido en la Ley Nº 18.046 sobre Sociedades Anónimas; y (B) habiéndose dejado constancia en la escritura extractada, que por escritura pública de 8 de Noviembre de 2016, otorgada en la Notaria de Santiago de don Andrés Rubio Flores, se acordó aumentar el capital de la sociedad de $70.121.428.935 dividido en 44.023 acciones a $95.124.191.005 dividido en 49.352 acciones; que este aumento de capital de $25.002.762.070 dividido en 5.329 acciones, se acordó suscribirlo y pagarlo dentro del plazo de 5 años contado desde el 8 de Noviembre de 2016 y que dentro del plazo señalado se suscribió y pagó la suma de $19.095.748.100 dividida en 4.070 acciones. En consecuencia, el capital de la sociedad es la suma de $89.217.177.035 dividido en 48.093 acciones de una sola serie, nominativas y sin valor nominal, capital íntegramente suscrito y pagado como se indica en el artículo Primero Transitorio. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones FYR Financiero Limitada | socio | 76536271-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la 5ª Notaría de Santiago, con domicilio en Gertrudis Echenique N° 30, oficina N° 32, Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 10 de agosto de 2022, otorgada ante mí, Inversiones FYR Financiero Limitada, RUT N° 76.536.271-7, domiciliada en Avda. Isidora Goyenechea N° 3477, piso 24, Las Condes, Santiago, como única y actual accionista de conformidad al Registro de Accionistas tenido a la vista de la sociedad INVERSIONES CERRO SOMBRERO FINANCIERO SpA, inscrita a fojas 48.975 número 28.579 del Registro de Comercio de Santiago del año 2015, entre otras materias de los estatutos que no es necesario extractar, acordó (A) modificar y sustituir el objeto social, por el siguiente: La sociedad tiene por objeto: a) constituir, invertir y participar como accionista o socio, exclusivamente, en sociedades sujetas a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero, la Superintendencia de Pensiones u otras autoridades regulatorias de similar competencia, pudiendo dictar sus estatutos y modificarlos según sea necesario; b) invertir en los bienes necesarios para el desarrollo de dichas sociedades y realizar inversiones pasivas con exceso de caja; y c) percibir los frutos o rentas de sus inversiones. La sociedad podrá intervenir, directamente o a través de la o las personas que designe al efecto, en la administración del día a día de sus filiales o coligadas, salvo que alguna autoridad regulatoria competente lo prohíba; y podrá contratar empréstitos o emitir títulos de deuda, ya sea de oferta pública o privada, para financiar sus propias operaciones y otros gastos que surjan del curso ordinario de sus negocios, y para financiar mediante créditos o capital a sus filiales o coligadas, o para efectuar inversiones en o adquisiciones de sociedades sujetas a fiscalización de las citadas autoridades regulatorias. En todo caso, la sociedad sólo podrá garantizar obligaciones de sus filiales y coligadas y no de terceros distintos de éstas. Los términos “filiales” y “coligadas”, para los efectos de estos estatutos, tendrán el significado establecido en la Ley Nº 18.046 sobre Sociedades Anónimas; y (B) habiéndose dejado constancia en la escritura extractada, que por escritura pública de 8 de Noviembre de 2016, otorgada en la Notaria de Santiago de don Andrés Rubio Flores, se acordó aumentar el capital de la sociedad de $70.121.428.935 dividido en 44.023 acciones a $95.124.191.005 dividido en 49.352 acciones; que este aumento de capital de $25.002.762.070 dividido en 5.329 acciones, se acordó suscribirlo y pagarlo dentro del plazo de 5 años contado desde el 8 de Noviembre de 2016 y que dentro del plazo señalado se suscribió y pagó la suma de $19.095.748.100 dividida en 4.070 acciones. En consecuencia, el capital de la sociedad es la suma de $89.217.177.035 dividido en 48.093 acciones de una sola serie, nominativas y sin valor nominal, capital íntegramente suscrito y pagado como se indica en el artículo Primero Transitorio. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 02 de Septiembre de 2022. Patricio Raby Benavente. Notario Público.