CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ESTÉTICA E IMPORTACIONES BREGA LIMITADA

CVE 2184259
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de agosto de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2022
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
Oficio
49ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad Santiago
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 5 años, a contar de la fecha de esta escritura, a cuyo vencimiento se entenderá automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales, a menos que uno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término en el plazo estipulado, mediante declaración hecha por escritura pública con no menos de noventa días de anticipación a la fecha de término señalada, y de la cual se tomará nota, dentro del mismo plazo, al margen de la inscripción social en el respectivo Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la administración y explotación de locales y todo tipo de establecimientos destinados a la prestación de servicios relacionados con la mantención del bienestar, belleza, cosmética y estética de las personas. La sociedad podrá, también, prestar servicios en el ámbito de publicidad, turismo, promociones, eventos artísticos, audio y video; asumir y gestionar franquicias en el ámbito del comercio y la distribución de bienes y servicios; actividades de marketing, tecnologías y comunicaciones; la prestación de servicios de consultoría en las áreas de inversiones, estudios y desarrollo de proyectos en general, y capacitación; la gestión de todo tipo de negocios, pudiendo para tales fines realizar la compraventa, importación, exportación, fabricación, distribución y comercialización de toda clase de bienes muebles e inmuebles, equipos y servicios; asumir la representación de firmas nacionales o extranjeras, abrir y operar establecimientos de comercio o industriales; y cualquier otro negocio que los socios acordaren

Administración

La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social, corresponderá a cualquiera de los socios don FELIPE IGNACIO GACITUA JORQUERA o doña CATALINA IGNACIA MUÑOZ BREMER, quienes actuando separada e indistintamente por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público de la 49ª Notaría de Santiago, Amunategui Nº 73, CERTIFICA:Por escritura pública hoy ante mí, FELIPE IGNACIO GACITUA JORQUERA, Avenida Américo Vespucio 4641, Depto. 2007, Macul; y CATALINA IGNACIA MUÑOZ BREMER, Avda. Américo Vespucio 4641, Depto. 2007, Macul. comparecientes, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada: RAZON SOCIAL: El nombre, razón o firma social de la sociedad será “ESTÉTICA E IMPORTACIONES BREGA LIMITADA”, pudiendo usar o actuar, indistintamente, ante bancos, financieras u otros organismos o personas públicos o privados, con el nombre de fantasía de “BREGA LTDA.”.- OBJETO. La sociedad tendrá por objeto la administración y explotación de locales y todo tipo de establecimientos destinados a la prestación de servicios relacionados con la mantención del bienestar, belleza, cosmética y estética de las personas. La sociedad podrá, también, prestar servicios en el ámbito de publicidad, turismo, promociones, eventos artísticos, audio y video; asumir y gestionar franquicias en el ámbito del comercio y la distribución de bienes y servicios; actividades de marketing, tecnologías y comunicaciones; la prestación de servicios de consultoría en las áreas de inversiones, estudios y desarrollo de proyectos en general, y capacitación; la gestión de todo tipo de negocios, pudiendo para tales fines realizar la compraventa, importación, exportación, fabricación, distribución y comercialización de toda clase de bienes muebles e inmuebles, equipos y servicios; asumir la representación de firmas nacionales o extranjeras, abrir y operar establecimientos de comercio o industriales; y cualquier otro negocio que los socios acordaren.- DOMICILIO. Ciudad Santiago, sin perjuicio de las sucursales que pudieren abrirse o establecerse, o actividades que pudieren realizarse, en otras ciudades o zonas del país o del extranjero.- ADMINISTRACIÓN. La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social, corresponderá a cualquiera de los socios don FELIPE IGNACIO GACITUA JORQUERA o doña CATALINA IGNACIA MUÑOZ BREMER, quienes actuando separada e indistintamente por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada. CAPITAL. $2.000.000, que los socios aportan del modo siguiente: a).- don FELIPE IGNACIO GACITUA JORQUERA con $1.000.000; y b).- doña CATALINA IGNACIA MUÑOZ BREMER, con $1.000.000; sumas de dinero que los socios enteran aportándolos en este acto, en dinero efectivo, al contado, y del que la sociedad se da por recibida a su entera satisfacción.- UTILIDADES Y PÉRDIDAS. Las utilidades y eventuales pérdidas del giro social se distribuirán entre los socios por iguales partes. Los socios podrán efectuar retiros a cuenta de sus utilidades.- RESPONSABILIDAD. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- PLAZO. El plazo de duración de la sociedad será de 5 años, a contar de la fecha de esta escritura, a cuyo vencimiento se entenderá automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales, a menos que uno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término en el plazo estipulado, mediante declaración hecha por escritura pública con no menos de noventa días de anticipación a la fecha de término señalada, y de la cual se tomará nota, dentro del mismo plazo, al margen de la inscripción social en el respectivo Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Stgo. 26 Agosto 2022.