MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CORREDORES DE SEGUROS SGN GLOBAL SpA

RUT 77618944-8 CVE 2183625
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de septiembre de 2022
Notaría
Talca

Instrumento

Fecha
2 de septiembre de 2022
Repertorio
5635-2022
Notario
TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
Oficio
Quinta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 18.045

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 02 de septiembre de 2022, Repertorio Nº 5635-2022, don HUMBERTO ANTONIO RUIZ MARTINEZ, domiciliado en calle 12 ½ Sur B, Nº 372, Villa Universitaria, Talca; y doña ANA VICTORIA ROJAS NÚÑEZ, domiciliada en calle 30 Oriente Nº 1.420, oficina 307, Talca, modificaron sociedad por acciones “CORREDORES DE SEGUROS SGN GLOBAL SpA”, RUT Nº 77.618.944-8, constituida por escritura pública de fecha 22.06.2022, ante Notario Público Talca Teodoro Patricio Durán Palma, inscrita en extracto a fojas 446 vuelta, Nº 316, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Talca del año 2022, con un capital actual de $2.000.000.- Por escritura extractada, socios de común acuerdo modifican sociedad en siguiente sentido; UNO) Acuerdan modificar Artículo Primero del estatuto social, relativo a la razón social de la sociedad, en el sentido de limitar el uso del nombre de fantasía de la sociedad, en el siguiente sentido: “ARTICULO PRIMERO: El nombre o razón social de la sociedad por acciones será “CORREDORES DE SEGUROS SGN GLOBAL SpA”, sin perjuicio de ello y especialmente ante instituciones bancarias, financieras, comercio y en general en todas sus actuaciones podrá usar como nombre de fantasía “SGN GLOBAL SpA”, sólo a efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco, en conformidad con lo establecido en el artículo sexto del Decreto número setecientos dos del Ministerio de Hacienda que aprueba el Nuevo Reglamento de Sociedades Anónimas, aplicable a la sociedad en virtud del artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio”.- DOS) Acuerdan modificar el artículo Décimo Octavo, del Título Quinto del estatuto social, en atención a lo establecido en la Ley 18.045, sobre Mercados de Valores, relativo a la fiscalización, la que queda del siguiente tenor: “Título Quinto. De la Fiscalización. Artículo Décimo Octavo: Anualmente la Junta Ordinaria de Accionistas podrá, sin que sea obligación hacerlo, nombrar a una Empresa de Auditoría Externa de aquellas reguladas en el artículo doscientos treinta y nueve y siguientes del título XXVIII de la ley dieciocho mil cuarenta y cinco, a fin de que presten sus servicios de auditoría respecto de la contabilidad y otros estados financieros de la sociedad, todo en conformidad con lo establecido en la norma citada”.- En lo no modificado, se mantiene plenamente vigente pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 02 de septiembre de 2022.-