EMPRESA CONSTRUCTORA GRUPO SIGNA SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2022
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Domicilio
- Se modifica y se reemplaza la cláusula segunda del estatuto social, en el sentido de señalar que el único domicilio de la sociedad será el ubicado en calle Dante cero mil cuatrocientos diez población Unión Amanecer, comuna de Temuco. 3.- Aumento de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2022, otorgada ante mí, don HUGO VÍCTOR NAVARRETE WILHELM, con domicilio en calle Guillermo Mac Donald número cero dos mil quinientos noventa, Temuco, don LUIS IVÁN NAVARRETE WILHELM, domiciliado en calle Julio Sepúlveda número mil quinientos sesenta y ocho casa seis, Condominio Lomas de Placilla, comuna de Angol; modificaron la sociedad por acciones “EMPRESA CONSTRUCTORA GRUPO SIGNA SpA” constituida por escritura pública de fecha uno de diciembre de dos mil quince, otorgada ante doña Ismenia Catalina Bravo Aedo, suplente del titular Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, repertorio número ocho mil novecientos treinta y seis, cuyo extracto se inscribió a fojas dos mil ochenta y seis número mil trescientos sesenta y cinco año dos mil quince del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco y se publicó en el Diario Oficial de fecha diecisiete de diciembre dos mil quince, edición cuarenta y un mil trescientos treinta y cuatro. Modificación se realizó en el siguiente sentido: 1.- Nombre social. Se modifica y complementa la cláusula primera del estatuto social, en el sentido de señalar que EMPRESA CONSTRUCTORA GRUPO SIGNA SpA” podrá utilizar como nombre de fantasía “GRUPO SIGNA SpA” indistintamente. 2.- Domicilio: Se modifica y se reemplaza la cláusula segunda del estatuto social, en el sentido de señalar que el único domicilio de la sociedad será el ubicado en calle Dante cero mil cuatrocientos diez población Unión Amanecer, comuna de Temuco. 3.- Aumento de capital: Se modifica los artículos quinto y primero transitorio del contrato de constitución de sociedad, aumentando el capital social ascendente a cincuenta millones de pesos, dividido en cien acciones, ordinarias, nominativas de una sola serie y sin valor nominal, que se encuentra suscrito y pagado íntegramente en la forma indicada en el pacto social, en la cantidad de ciento veinticinco millones de pesos, de modo que el capital de la sociedad pasa a ser la suma de ciento setenta y cinco millones de pesos. El aumento de capital esto es, la suma de ciento veinticinco millones de pesos, será dividido y representado en doscientas cincuenta acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a razón de quinientos mil pesos cada acción, que será aportado de la siguiente forma: Uno. a) El socio Hugo Víctor Navarrete Wilhelm suscribe doscientas acciones ordinarias de la serie única, y equivalente a la suma de cien millones de pesos del capital social, que paga con treinta y dos millones de pesos en acto escritura al contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social y que representan sesenta y cuatro acciones; y con sesenta y ocho millones pesos que se pagarán en el plazo de treinta y seis meses a contar de la fecha de escritura de modificación, debidamente reajustados y que equivalen a ciento treinta y seis acciones ordinarias. b) El socio Luis Iván Navarrete Wilhelm, suscribe cincuenta acciones ordinarias de la serie única equivalente a la suma de veinticinco millones de pesos del capital social, que paga con veintitrés millones de pesos en acto escritura al contado, en dinero efectivo que ingresa a la caja social y que equivalen a cuarenta y seis acciones ordinarias; y con dos millones de pesos que se pagarán en el plazo de treinta y seis meses a contar de la fecha de escritura de modificación debidamente reajustados y que equivalen a cuatro acciones ordinarias. En consecuencia, el aporte para el aumento del capital social se encuentra suscrito y pagado en la forma indicada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.Temuco, 02 de septiembre de 2022.-