LARREA Y QUIÑONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2022
- Repertorio
- 1713-2020
- Notario
- JUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $4.800.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín 906, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2022, Rep. 2.303-2022, ante mí, doña JEANNETTE DEL ROSARIO QUIÑONES DURÁN, chilena, empresaria, divorciada, C.I. Nº10.104.891-8; don CHRISTIAN ROBERTO ARMANDO LARREA JORY, chileno, empresario, divorciado, C.I. Nº8.797.254-2; y don IGNACIO ANDRÉS LARREA QUIÑONES, chileno, Ingeniero en Administración de Empresas, soltero, C.I. Nº17.615.602-3, todos con domicilio en calle Manuel Rodríguez Nº2460, casa 7, comuna de Chiguayante, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZÓN SOCIAL: “LARREA Y QUIÑONES LIMITADA”, RUT 76.532.841-1. CAPITAL: $4.800.000. CONSTITUCIÓN: por escritura pública de fecha 07 de marzo del año 2016, otorgada en la Notaria de Concepción, de don Ernesto Valenzuela Norambuena, cuyo extracto de esta sociedad se inscribió en el Registro de Comercio de Chiguayante, a fojas 41 número 37 del año 2016, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 09 de abril de 2016, número de edición 41.428. Se modificó por escritura pública de fecha 18 de agosto de 2020, otorgada ante Notario Interina de la Segunda Notaría de Concepción, Repertorio Nº1.713-2020, consistente en que doña JEANNETTE DEL ROSARIO QUIÑONES DURÁN, vendió, cedió y transfirió a don IGNACIO ANDRÉS LARREA QUIÑONES, quien compró y adquirió par si, el 40% de los derechos sociales que aquella detentaba en la referida sociedad, ingresando por tanto don IGNACIO LARREA QUIÑONES A LA SOCIEDAD, en calidad de Socio. En el mismo Acto, doña JEANNETTE DEL ROSARIO QUIÑONES DURÁN, vendió, cedió y transfirió a don CHRISTIAN ROBERTO ARMANDO LARREA JORY, quien compró y adquirió par si, el 10% de los derechos sociales que aquella detentaba en la referida sociedad, quedando en consecuencia como únicos socios de la sociedad, don CHRISTIAN ROBERTO ARMANDO LARREA JORY, con un 60% y don Ignacio Larrea Quiñones, con un 40% de los respectivos derechos sociales, sin embargo, dicha escritura no fue inscrita en tiempo y forma, siendo necesario su saneamiento, el cual se materializó a través de escritura pública de fecha 01 de diciembre del año 2020, del cual, el extracto respectivo fue publicado en el Diario Oficial número de edición 42.822, de fecha 04 de diciembre de 2020, e inscrito a fojas 93, Nº76, del Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Chiguayante, del año 2020. Resciliación Parcial a Modificación de la Sociedad de Responsabilidad Limitada. Los comparecientes procedieron a dejar sin efecto parcialmente la cesión de derechos sociales realizada por doña JEANNETTE DEL ROSARIO QUIÑONES DURAN a don CHRISTIAN ROBERTO ARMANDO LARREA JORY, quedando en consecuencia, sin efecto todos los derechos y obligaciones que nacieron para las partes en virtud de dicho contrato, y volviendo las partes al estado anterior a la celebración del contrato resciliado. En consecuencia, son socios de la compañía don CHRISTIAN ROBERTO ARMANDO LARREA JORY aquél con un 50% de los derechos sociales, doña JEANNETTE DEL ROSARIO QUIÑONES DURAN con un 10% de los derechos sociales y don IGNACIO ANDRÉS LARREA QUIÑONES con un 40% derechos sociales. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones, escritura extractada. Concepción, septiembre 01 de 2022. Doy Fe.-