MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

HARMONY MEDICAL SpA

RUT 77447444-7 CVE 2182162
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de agosto de 2022
Repertorio
27669-2022
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaria Santiago, Huérfanos 835 Piso 18, Santiago, certifico que, por escritura pública, de fecha 17 de agosto de 2022, Repertorio 27.669-2022, Ante mí, doña DANIELA JAVIERA VALENZUELA BORQUEZ, doña CLAUDIA ANGÉLICA VALENZUELA BORQUEZ, y, don ALVARO FRANCISCO LAVÍN CHRISTOPH, todos domiciliados para estos efectos en Barros Errázuriz, N°1900, oficina 201, Providencia, Santiago, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad “HARMONY MEDICAL SpA”, (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 70535, N° 32609; del Registro de Comercio de Santiago del año 2021, modificaron los estatutos de la sociedad en los siguientes términos: Uno) Se acuerda aumentar el capital social que actualmente asciende a la suma de $20.000.000.-, en la suma de $532.553.000.-. De este modo, a partir de la presente modificación el capital de la sociedad ascenderá a la suma total y definitiva total de $552.553.000.- El aumento de capital por la suma de $532.553.000.- se suscribe y paga en la forma que se expresa en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la sociedad. Dos) Como consecuencia de lo anterior, los actuales y únicos accionistas de la sociedad acuerdan sustituir el actual Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de quinientos cincuenta y dos millones quinientos cincuenta y tres mil pesos, dividido en doscientos setenta y seis mil doscientos setenta y siete acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El capital queda suscrito y pagado en este acto, en la forma indicada en los artículos transitorios de los estatutos de la sociedad. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos.” Tres) Se acuerda también modificar el Artículo Primero Transitorio, siendo reemplazado íntegramente por el siguiente: “PRIMERO TRANSITORIO: El capital social según se establece en el artículo quinto de estos estatutos, asciende a la suma de quinientos cincuenta y dos millones quinientos cincuenta y tres mil pesos, el que se divide en doscientos setenta y seis mil doscientos setenta y siete acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales son íntegramente suscritas y pagadas por los constituyentes de la siguiente manera: A) doña DANIELA JAVIERA VALENZUELA BORQUEZ, suscribe ciento veintinueve mil ochocientos cincuenta acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, en la suma de doscientos cincuenta y nueve millones setecientos mil pesos .-, de las cuales, ciento nueve mil setecientos acciones, correspondiente a la suma de doscientos diecinueve millones cuatrocientos mil pesos .- se encuentran íntegramente pagadas y enteradas con anterioridad en la caja social; y el saldo, las veinte mil ciento cincuenta acciones, acuerda pagar y enterar la suma de cuarenta millones trescientos mil pesos , la cual deberá pagar dentro del plazo de noventa días en dinero efectivo a contar de la fecha de la presente escritura. B) doña CLAUDIA ANGELICA VALENZUELA BORQUEZ, suscribe ciento veintinueve mil ochocientos cincuenta acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, en la suma de doscientos cincuenta y nueve millones setecientos mil pesos.-, de las cuales, ciento veinticuatro mil ochocientos cincuenta acciones, correspondiente a la suma de doscientos cuarenta y nueve millones setecientos mil pesos.- se encuentran íntegramente pagadas y enteradas con anterioridad en la caja social; y el saldo, las cinco mil acciones, acuerda pagar y enterar la suma de diez millones de pesos , la cual deberá pagar dentro del plazo de noventa días en dinero efectivo a contar de la fecha de la presente escritura. C) don ALVARO FRANCISCO LAVÍN CHRISTOPH, suscribe dieciséis mil quinientos setenta y siete acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, en la suma de treinta y tres millones ciento cincuenta y tres mil pesos.-, de las cuales, quince mil ochocientos sesenta y cinco acciones , correspondientes a la suma de treinta y un millones setecientos treinta mil pesos.- se encuentran íntegramente pagadas y enteradas con anterioridad en la caja social; y el saldo, las setecientos doce acciones, acuerda pagar y enterar la suma de un millón cuatrocientos veintitrés mil pesos .-, la cual deberá pagar dentro del plazo de noventa días en dinero efectivo a contar de la fecha de la presente escritura”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Santiago 26 de agosto del 2022.