CABELLO & MARTINEZ ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ALBERTO ORTEGA JIRON
- Oficio
- 1ra. Notaría de San Fernando
- Comuna
- San
Sociedad
- N. fantasía
- “C & M ABOGADOS ASOCIADOS LTDA”. Domicilio; es la ciudad de San Fernando, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer la sociedad en otros puntos del país
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a.- Prestación de servicios profesionales en materia jurídica, en especial, en el área penal, laboral, civil y de familia; b.- La prestación de servicios de consultorías, estudio, análisis e informes jurídicos y cursos de capacitación; y c.- En general, realizar cualquier acto o negocio que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO ORTEGA JIRON, abogado, Notario Público Titular de la 1ra. Notaría de San Fernando, con domicilio en calle Chillán 620, San Fernando, certifica que: Por escritura pública hoy, ante mí, VÍCTOR MANUEL CABELLO VALDIVIA y CONSUELO ALEJANDRA MARTINEZ PEÑALOZA, ambos domiciliados en calle Chillan número seiscientos cuarenta y cinco letra b, comuna de San Fernando, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada a monto de sus respectivos aportes. Razón Social: " CABELLO & MARTINEZ ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA " pudiendo utilizar nombre de fantasía: “C & M ABOGADOS ASOCIADOS LTDA”. Domicilio; es la ciudad de San Fernando, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer la sociedad en otros puntos del país. Duración. Indefinida. Objeto: a.- Prestación de servicios profesionales en materia jurídica, en especial, en el área penal, laboral, civil y de familia; b.- La prestación de servicios de consultorías, estudio, análisis e informes jurídicos y cursos de capacitación; y c.- En general, realizar cualquier acto o negocio que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social. Administración, representación y uso razón social: corresponderá ambos socios conjuntamente. Capital un millón de pesos, que los socios enteran e ingresan a la caja social, éste acto, en dinero efectivo por partes iguales. Demás estipulaciones escritura extractada. San Fernando, veinticinco de agosto de dos mil veintidós.