CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Servicios de Arriendos Rodrigo Andrés Ocaranza Salomón Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

CVE 2181342
Capital
$15.000 CLP
Fecha instrumento
31 de agosto de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
31 de agosto de 2022
Notario
RICARDO OLIVARES PIZARRO
Domicilio
Archivero Judicial

Sociedad

N. fantasía
“ARRIENDOS OCARANZA E.I.R.L.”,
Capital
$15.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Empresa será la ciudad de Vallenar
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Empresa será la prestación de todo tipo de servicios de arrendamiento de bienes propios o ajenos y la realización de cualquier otra actividad por cuenta propia y ajena; conexa o derivada de la principal actividad. La empresa podrá ejecutar total o parcialmente giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades o empresas de las que forme parte o constituya al efecto, como cualquier otra actividad que acuerden Podrá explotar los negocios y prestación de servicios que la empresa acuerde, plenamente facultada para ello y dentro del

Administración

La administración de la Empresa corresponderá exclusivamente a don RODRIGO ANDRÉS OCARANZA SALOMÓN, quien anteponiendo su firma al nombre de la Empresa tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO OLIVARES PIZARRO, Notario Público, Archivero Judicial, Conservador de Comercio y Minas, con oficio en calle Arturo Prat Nº 960, local 14, de la comuna y ciudad de Vallenar, Certifica: por escritura púbica de fecha dos de agosto de dos mil veintidós, ante mí, don RODRIGO ANDRÉS OCARANZA SALOMÓN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, domiciliado en calle Presbítero Bruno Zavala número seiscientos setenta y seis, casa seis, Condominio dos, Parque las Pircas de la ciudad de Vallenar, cédula nacional de identidad y Rol único tributario número ocho millones quinientos setenta y seis mil ciento sesenta y dos guión cinco, de cincuenta y un años de edad, mayor de edad, constituye una Empresa Individual Responsabilidad Limitada. Nombre: “SERVICIOS DE ARRIENDOS RODRIGO ANDRÉS OCARANZA SALOMON EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” Nombre de Fantasía: “ARRIENDOS OCARANZA E.I.R.L.”, Capital: El capital será la suma de quince millones de pesos ($15.000.000), que el constituyente aporta y entera en dinero efectivo ya ingresado en arcas sociales. Objeto: El objeto de la Empresa será la prestación de todo tipo de servicios de arrendamiento de bienes propios o ajenos y la realización de cualquier otra actividad por cuenta propia y ajena; conexa o derivada de la principal actividad. La empresa podrá ejecutar total o parcialmente giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades o empresas de las que forme parte o constituya al efecto, como cualquier otra actividad que acuerden Podrá explotar los negocios y prestación de servicios que la empresa acuerde, plenamente facultada para ello y dentro del objeto social. Administración: La administración de la Empresa corresponderá exclusivamente a don RODRIGO ANDRÉS OCARANZA SALOMÓN, quien anteponiendo su firma al nombre de la Empresa tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto. Domicilio: El domicilio de la Empresa será la ciudad de Vallenar, sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. Duración: Indefinida a partir del día de la suscripción de la presente escritura, salvo que el constituyente manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública sub-inscrita al margen de la inscripción en el Registro de Comercio competente respectivo. Sin perjuicio de lo anterior la constituyente podrá poner término a esta sociedad en cualquier tiempo por las causas legales de disolución, las que se entienden formar parte de esta escritura. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Vallenar,31 de agosto de 2022.