Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2022
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8va Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios periodísticos de información general, la generación y divulgación de contenidos periodísticos; y, en general, cualquier otro negocio o actividad que los socios de común acuerdo establezcan en el transcurso del negocio social
Administración
La sociedad será administrada por un director ejecutivo designado por acuerdo de la Junta de Accionistas, del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública. De acuerdo con lo establecido en el artículo segundo transitorio de los estatutos sociales, se designa como director ejecutivo a don José Luis Repenning López
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8va Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos N° 941, oficina 302, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 25 de agosto de 2022, ante mí, don José Luis Repenning López constituyó la sociedad por acciones “SERVICIOS PERIODÍSTICOS KEKA SpA”, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “Servicios Periodísticos Keka SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: la duración de la Sociedad es indefinida. Objeto: La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios periodísticos de información general, la generación y divulgación de contenidos periodísticos; y, en general, cualquier otro negocio o actividad que los socios de común acuerdo establezcan en el transcurso del negocio social. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal. El capital ha sido íntegramente suscrito y será pagado en la forma establecida en el artículo primero transitorio de los estatutos. Administración: La sociedad será administrada por un director ejecutivo designado por acuerdo de la Junta de Accionistas, del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública. De acuerdo con lo establecido en el artículo segundo transitorio de los estatutos sociales, se designa como director ejecutivo a don José Luis Repenning López. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 29 de agosto de 2022.