MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PURONATIVO ÁRBOLES LIMITADA

RUT 76172960-8 CVE 2181137
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de agosto de 2022
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Domicilio
Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público de Santiago, Titular de la 42ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1.070, piso 2, Comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de 23 de agosto de 2022, comparecieron, ante mí: 1) Diego Alfonso de la Sotta Díaz, domiciliado en calle Almagro N°250, oficina 1.306, Comuna de Los Ángeles; 2) Marcela Fernández Gellona, domiciliada en calle Ciruelillo N°4.000, dpto. 503, Comuna de Vitacura; 3) José Florencio Guzmán Fernández, domiciliado en Pontevedra N°1.121, dpto. 72, Comuna de Las Condes; 4) Benjamín Guzmán Fernández; 5) Gerardo Guzmán Fernández; y, 6) Andrea Trinidad Guzmán Fernández, estos tres últimos domiciliados en Pasaje Lo Beltrán N°1.783, Comuna de Vitacura; y, modificaron “PURONATIVO ÁRBOLES LIMITADA”, inscrita a fojas 32.177 N°23.884 del Registro de Comercio de Santiago de 2004. La modificación consiste en el retiro voluntario del socio de la Sotta Díaz y en la incorporación como socios de José Florencio, Benjamín, Gerardo y Andrea Trinidad, todos Guzmán Fernández, mediante las cesiones de derechos especificadas en la escritura extractada. Como consecuencia, se sustituyeron las cláusulas primera y cuarta de los estatutos sociales, relativas a los socios y al capital, siendo el siguiente su extracto: CLÁUSULA PRIMERA: Entre Marcela Fernández Gellona, José Florencio Guzmán Fernández, Benjamín Guzmán Fernández, Gerardo Guzmán Fernández y Andrea Trinidad Guzmán Fernández existe una sociedad de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social “PURONATIVO ÁRBOLES LIMITADA”, sin perjuicio de lo cual podrá usar también el nombre de fantasía “PURONATIVO LTDA.” para fines comerciales, bancarios y financieros. CLÁUSULA CUARTA: El capital de la sociedad es de $5.000.000, que los socios han aportado, enterado y pagado del modo que sigue: a) Marcela Fernández Gellona, la suma de $4.500.000, equivalentes al 90% del total del interés social. b) José Florencio Guzmán Fernández, la suma de $125.000, equivalente al 2,5% del total del interés social; c) Benjamín Guzmán Fernández, la suma de $125.000, equivalente al 2,5% del total del interés social; d) Gerardo Guzmán Fernández, la suma de $125.000, equivalente al 2,5% del total del interés social; y, e) Andrea Trinidad Guzmán Fernández, la suma de $125.000, equivalente al restante 2,5% del total del interés social. Estas sumas han sido aportadas, enteradas y pagadas en dinero efectivo, todo ello a entera satisfacción de la sociedad. En caso de aumentos de capital, cuando el entero y pago del mismo no sea en dinero efectivo, los socios tasarán, de común acuerdo, el valor por el cual se entenderá aportado el bien. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de agosto de 2022.