Inversiones Rebeca SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2022
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel: con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4886
Sociedad
- Capital
- $1.100 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel: con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4886, Comuna de San Miguel, certifico: por escritura pública de fecha 25 de agosto del año 2022, ante mí, don NICOLÁS GAJARDO GÓMEZ, cédula nacional de identidad número 18.953.505-8, domiciliado para estos efectos en Avenida Presidente Riesco número 5.435, piso cuatro, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, debidamente facultado, en representación de doña Rebeca Viviana Rosenberg Sanguineti, cédula nacional de identidad número 8.634.099-2, don Guillermo José Hidalgo Rosenberg, cédula nacional de identidad número 24.439.991-6, y doña Macarena Viviana Hidalgo Rosenberg, cédula de identidad número 24.443.998-5, todos domiciliados para estos efectos en calle Thiers número 750, departamento 401, de la ciudad y comuna de Temuco; viene en sanear el vicio formal consistente en la ausencia de inscripción y publicación dentro del plazo estipulado en el artículo 426 del Código del Comercio del extracto de la escritura pública de modificación de la Sociedad Inversiones Rebeca SpA, Rol Único Tributario número 76.177.345-3, que consta en la escritura de modificación de fecha 8 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de San Miguel don Jorge Reyes Bessone, repertorio número 4.234-2022. La Sociedad se haya inscrita a fojas 2.034 vuelta, N°1.778, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2011. En dicha escritura de modificación sus accionistas por unanimidad acordaron aumentar el capital de la Sociedad de $1.100.000 dividido en 110 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de $36.540.000, dividido en 3.654 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal parte del cual ya se encuentra suscrito y pagado, y debiendo enterarse el resto en el plazo de 2 años contados desde la fecha de la escritura de fecha 8 de julio de 2022. A fin de reflejar la modificación acordada se sustituyeron los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para legalización. San Miguel, 25 de agosto de 2022.