MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARRIENDO DE MAQUINARIAS LIFT SERVICE LIMITADA

RUT 77154120-8 CVE 2181070
Capital
$250.000 CLP
Fecha instrumento
22 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$250.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Titular 5° Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 22 de agosto 2022, ante mí, don Carlos Roberto Cruz Avilés, domiciliado en en Hijuela B uno, Fundo Santa Carmen, Peralillo, comuna de Paine, Región Metropolitana, y don Pedro Undurraga Echeverría, domiciliado en calle Corte de Apelaciones número 1183, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “ARRIENDO DE MAQUINARIAS LIFT SERVICE LIMITADA” (fojas 9842 número 8034 Reg. Com. Stgo. 1998), en lo siguiente: Uno) Reducir el capital de esta sociedad desde la suma de $250.000.000 a la suma de $216.850.526; y Dos) Como consecuencia de la reducción de capital acordada, acordaron sustituir la cláusula Tercera de los estatutos de la Sociedad, relativa al capital social, por la siguiente: “TERCERO: El capital de la sociedad es la suma de $216.850.526, que los socios aportan y pagan en la siguiente forma y proporciones: (a) don Carlos Roberto Cruz Avilés, aporta la suma de $108.425.263, cantidad que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en caja social, y que equivale al 50% de los de derechos sociales; y (b) don Pedro Undurraga Echeverría, aporta la suma de $108.425.263, cantidad que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en caja social, y que equivale al 50% de los de derechos sociales.”. Tres) Asimismo, acordaron modificar los estatutos de la Sociedad en lo relativo a la administración y uso de la razón social, contenida en el artículo Segundo de los estatutos sociales, estableciendo que ella corresponderá a don Carlos Roberto Cruz Avilés, a doña Carmen Gloria Fernández Sánchez y a don Roberto Cruz Fernández, quienes actuando uno cualquiera de ellos en forma conjunta con uno cualquiera de los señores don Pedro Undurraga Echeverría, doña Carolina Undurraga Monge, y don Pedro Undurraga Monge, la ejercerán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, que se indican en la escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás modificaciones y estipulaciones no materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 26 de agosto de 2022. P. Raby B. Notario Público.