Agrícola e Inversiones Los Marcos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2022
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- 40º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $11.036.754 CLP
Objeto social
a) La explotación agrícola de predios propios o ajenos y dentro de ella la adquisición y)o enajenación a cualquier título y)o la crianza y)o la explotación, en cualquier forma de todo tipo de ganado, ave, cerdo y otras especies y de sus productos o de sus subproductos y los demás actos que se relacionen directa o indirectamente con el fin principal; b) La inversión en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, rurales y urbanos, y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas; c) Realizar toda otra actividad que complemente el objeto ante indicado y particularmente el ejercicio y desarrollo de operaciones y negocios afines a dichos ámbitos.”; ii) “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de once mil ciento doce millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil novecientos cincuenta y ocho pesos, el que se encuentra íntegramente pagado y aportado por los socios en proporción de un cero coma cero cero novecientos setenta y siete por ciento por cada uno de los señores Rodrigo José García Rioseco, Jaime Andrés García Rioseco, Jorge Felipe García Rioseco, Gonzalo Juan García Rioseco, Raimundo Javier García Rioseco, María del Pilar García Rioseco, Carolina Elena García Rioseco, Camila Isidora García Rioseco, y de un noventa y nueve coma noventa y dos mil ciento ochenta y cuatro por ciento Inversiones Monterosa Limitada.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público, 40º Notaría de Santiago, con domicilio en Teatinos Nº 332, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 15 de julio de 2022, bajo el repertorio número 4633/2022, ante mi suplente Rodrigo Sotomayor Graepp y autorizada con esta fecha por mí de conformidad con el artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales, don Jorge Felipe García Rioseco, don Rodrigo José García Rioseco, don Gonzalo Juan García Rioseco, don Jaime Andrés García Rioseco, don Raimundo Javier García Rioseco, doña Camila Isidora García Rioseco, doña Carolina Elena García Rioseco, doña María del Pilar García Rioseco, y las sociedades Inversiones Monterosa Limitada, y Agrícola e Inversiones Los Marcos Limitada, todos domiciliados para estos efectos en calle Miraflores 178, oficina 1402, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Acordaron la fusión por incorporación de la SOCIEDAD AGRÍCOLA Y AVÍCOLA PADRE HURTADO LIMITADA, inscrita a fojas 7501 número 3847 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1966 en la sociedad AGRÍCOLA E INVERSIONES LOS MARCOS LIMITADA, inscrita a fojas 5918, número 3254, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1975. Como consecuencia de la fusión por incorporación: /A/ se disuelve la SOCIEDAD AGRÍCOLA Y AVÍCOLA PADRE HURTADO LIMITADA con motivo de su incorporación en la sociedad AGRÍCOLA E INVERSIONES LOS MARCOS LIMITADA, adquiriendo esta última la totalidad de los activos, pasivos y patrimonio de la primera, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, entre otras, aquellas a que se refieren los artículos 69 y 71 del Código Tributario. /B/ Se aumenta el capital social de AGRÍCOLA E INVERSIONES LOS MARCOS LIMITADA desde la cantidad de $11.036.754.159 a $11.112.444.958, por lo que se acuerda reemplazar el artículo cuarto y sexto de los estatutos sociales AGRÍCOLA EN INVERSIONES LOS MARCOS LIMITADA por los siguientes: i) "ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tendrá por objeto: a) La explotación agrícola de predios propios o ajenos y dentro de ella la adquisición y/o enajenación a cualquier título y/o la crianza y/o la explotación, en cualquier forma de todo tipo de ganado, ave, cerdo y otras especies y de sus productos o de sus subproductos y los demás actos que se relacionen directa o indirectamente con el fin principal; b) La inversión en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, rurales y urbanos, y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas; c) Realizar toda otra actividad que complemente el objeto ante indicado y particularmente el ejercicio y desarrollo de operaciones y negocios afines a dichos ámbitos.”; ii) “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de once mil ciento doce millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil novecientos cincuenta y ocho pesos, el que se encuentra íntegramente pagado y aportado por los socios en proporción de un cero coma cero cero novecientos setenta y siete por ciento por cada uno de los señores Rodrigo José García Rioseco, Jaime Andrés García Rioseco, Jorge Felipe García Rioseco, Gonzalo Juan García Rioseco, Raimundo Javier García Rioseco, María del Pilar García Rioseco, Carolina Elena García Rioseco, Camila Isidora García Rioseco, y de un noventa y nueve coma noventa y dos mil ciento ochenta y cuatro por ciento Inversiones Monterosa Limitada.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 22 de agosto de 2022.