AGRÍCOLA E INVERSIONES AGUAS BONITAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de agosto de 2022
- Repertorio
- 3599-2022
- Notario
- PABLO JOSE HALES BESELER
- Oficio
- 13° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO JOSE HALES BESELER, Notario Público, Titular de la 13° Notaria de Santiago, Compañía 1312, CERTIFICO: Por escritura pública Repertorio N° 3.599-2022, de fecha 29 de agosto de 2022, ante mí, se redujo la Junta Extraordinaria de Accionistas de AGRÍCOLA E INVERSIONES AGUAS BONITAS SPA, cuyo capital es $1.000.000, inscrita a fojas 88.269, número 42.429 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020, viene en modificar lo siguiente: Se deja sin efecto el artículo 1° Transitorio de los estatutos sociales y se sustituye el artículo 11° de dichos estatutos, dejándolo como sigue: La sociedad será administrada por el accionista don DIEGO VALENTÍN SANZ BUDD cédula nacional de identidad número dieciséis millones, siete mil trescientos dos guion cero, para que actuando represente y administre la sociedad y use la razón social con TODAS las facultades de administración y disposición, sin limitación o exclusión de ninguna naturaleza, quien tendrá la calidad de representante legal de la sociedad y la representará judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objetivo social, estará investido de todas las facultades de administración y disposición, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlos ante terceros; inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias. Para que en su aludida calidad pueda administrar y representar a la sociedad y hacer uso de la razón social con las más amplias facultades de administración, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que fueren y que relacionen directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo incluso autocontratar, quedando también investido de todas las facultades de administración contenidas en el artículo Décimo Segundo de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 29 de agosto de 2022.