MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Río San Pedro SpA

RUT 77465517-4 CVE 2179946
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2022
Repertorio
13048-2022
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 941, local 302, comuna de Santiago, certifico que, en Junta Extraordinaria de Accionistas de “Río San Pedro SpA” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 68817 N° 31882 en el Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2021, capital $1.000.000, celebrada con fecha 12 de agosto de 2022, cuya acta fue reducida a escritura pública, ante mí, con fecha 22 de agosto de 2022 bajo el repertorio 13048-2022, se acordó: (i) Modificar el artículo Primero del pacto social, referido a la razón social, por el siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la Sociedad será “Agrícola San Pedro SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso antes los bancos, la abreviación o nombre de fantasía “Agrícola San Pedro”. (ii) Modificar el artículo Cuarto del pacto social, referido al objeto, por el siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la Sociedad será la explotación agropecuaria, frutícola, ganadera, forestal de bienes raíces y muebles que a cualquier título posea o explote la sociedad, como igualmente la siembra, plantación, corte, tala, cosecha, y explotación de viveros frutales o no y el cultivo de toda clase de productos agrícolas o forestales permitidos por la ley, pudiendo para este efecto venderlos, arrendarlos, subarrendarlos, explotarlos, prendarlos, también podrá dedicarse a la engorda o crianza de toda clase de animales, ganado, porcino, ovino vacuno, caballares, pudiendo comprarlos y venderlos, dar y ofrecer talaje para estos animales, producir y comercializar toda clase de subproductos del y para el ganado, de las cosechas y productos agrícolas, elaborados o semielaborados y de las plantaciones en general, exportar bajo la normativa legal productos y subproductos derivados de la actividad agrícola, e importar insumos necesarios para mejorar su rendimiento y cualquier otro negocio relacionado, atingente o anexo al giro social.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 23 de agosto de 2022. Luis Ignacio Manquehual Mer. Notario Titular.