CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agrícola El Eucaliptus Limitada

RUT 14307741-1 CVE 2179509
Capital
$67.500.000 CLP
Fecha instrumento
26 de agosto de 2022
Notaría
San Vicente de Tagua Tagua

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2022
Repertorio
1542-2022
Notario
IVÁN GARCÍA ASTABURUAGA
Oficio
Titular de la Segunda Notaria de San Vicente de Tagua Tagua
Comuna
San Vicente de Tagua Tagua

Sociedad

Capital
$67.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN GARCÍA ASTABURUAGA, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaria de San Vicente de Tagua Tagua, don Ignacio Javier González López, con oficio en calle Carmen Gallegos número trescientos veinte, certifico que: mediante escritura pública repertorio N° 1542-2022, otorgada ante Notario Público Titular; doña Verónica del Pilar Vargas Trujillo, chilena, soltera, operadora de fábrica, cédula nacional de identidad número 14.307.741-1, domiciliada en Leonardo Phillips 644, comuna de Talagante; doña Teresa Jaqueline Castillo Morales, chilena, divorciada, operadora de fábrica, cédula nacional de identidad número 9.876.559-K, domiciliada en Las tinajas 2990, comuna de Maipú; don Ariel Andrés Armijo Castillo, chileno, soltero, conductor, cédula nacional de identidad número 14.159.079-0, domiciliado en Villa Parque Trebulco Pasaje Dorila Candia 466, comuna de Talagante; y doña Carmen Rosa González Flores, chilena, casada bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal, comerciante, cédula nacional de identidad número 5.905.441-4, domiciliada en Villa Los Peumos, Pasaje Trianón 9346, comuna de La Florida; constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada denominada “Sociedad Agrícola El Eucaliptus Limitada”, con domicilio en la ciudad y comuna de Las Cabras, cuyo objeto es: a) la adquisición enajenación, arrendamiento y explotación de bienes inmuebles; y b) explotación de actividades agrícolas en todas sus formas, así como cualquier otra actividad derivada de esta, tales como la comercialización o exportación, pudiendo celebrar todo tipo de actos y contratos que tengan esta finalidad. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a todos los socios en su conjunto, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, los cuales la podrán ejercer a través de sus propios mandatarios designados por ella para estos efectos, mediante escritura pública. El capital de la sociedad es la cantidad de $67.500.000, que socios aportan y pagan en dinero efectivo de la siguiente forma: A) Verónica del Pilar Vargas Trujillo, con un 20% de los derechos sociales, paga la cantidad de $13.500.000 en este acto; B) Teresa Jaqueline Castillo Morales con un veinte por con un 20% de los derechos sociales, paga la cantidad de $13.500.000 en este acto; C) Ariel Andrés Armijo Castillo con un 20% de los derechos sociales, paga la cantidad de $13.500.000 en este acto; D) Carmen Rosa González Flores con un 40% de los derechos sociales, paga la cantidad de $27.000.000 en este acto. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada.- . San Vicente Tagua Tagua, 26 de agosto 2022.