MORAN Y MORAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de agosto de 2022
- Repertorio
- 16846-2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifico que: Por escritura pública de fecha 04 de Agosto de 2022, Repertorio N° 16846-2022, ante mí, don Mario Cristian Moran Roni, C.I. N°4.520.867-2 y don Cristian Andrés Morán Bosco, C.I. N° 8.666.162-4, ambos domiciliados en Avenida Providencia 2216, Local 23-B, Providencia, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “MORAN Y MORAN LIMITADA”, también “CHILEAN TASTES”, inscrita a fs. 42.203 Nº 23.174 en el Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago del año 2016, publicada en Diario Oficial 13 de junio del mismo año. CAPITAL DE LA SOCIEDAD: $2.000.000.- íntegramente pagados. Modificaciones consisten: a) Don Mario Cristián Morán Roni, vende, cede y trasfiere el 45% del total de sus derechos en la Compañía a don Cristián Andrés Morán Bosco, declarando que los compra en la suma de $1.000.000.- pagados en el acto y que el cedente recibe a su entera conformidad; b) Se mantienen como únicos socios de la Compañía don Mario Cristián Moran Roni con un 5% de los derechos sociales y don Cristián Andrés Morán Bosco, con el 95% del haber social. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: Los socios don Cristián Andrés Moran Bosco y Mario Cristián Morán Roni, modifican la administración, la representación y el uso de la razón social, en sentido de que ésta corresponderá exclusivamente al socio don CRISTIAN ANDRES MORAN BOSCO, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con todas las facultades reseñadas en el pacto constitutivo, las cuales se dan por expresamente reproducidas. En todo lo no modificado, permanecen vigentes las estipulaciones establecidas en pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 10 de Agosto de 2022.-