Inmobiliaria Quivolgo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de agosto de 2022
- Repertorio
- 4513/2022
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 17 de agosto de 2022, ante mí, Repertorio 4513/2022: doña VERÓNICA CRUZ VALDÉS; doña LUISA FERNANDA NOGUERA CRUZ; doña MARÍA IGNACIA LORETO NOGUERA CRUZ; doña MARÍA VERÓNICA NOGUERA CRUZ; y, don PATRICIO RAMÓN NOGUERA CRUZ todos domiciliados para estos efectos en calle Las Violetas dos mil sesenta, departamento seiscientos tres, Comuna de Providencia, Santiago; modificaron la sociedad “Inmobiliaria Quivolgo Limitada” rol único tributario número setenta y siete millones ciento ochenta y seis mil setenta guion dos, constituida por escritura pública de fecha diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y tres, otorgada en la Notaría de Talca de don Ignacio Vidal Domínguez, inscrita a fojas cinco vuelta número seis del Registro de Comercio de Constitución del año mil novecientos noventa y tres, en lo siguiente: 1) doña Verónica Cruz Valdés, cede y transfiere un setenta y seis por ciento del total de los derechos sociales, para lo cual cede y transfiere un diecinueve por ciento a cada uno de los socios María Ignacia Loreto, María Verónica, Luisa Fernanda y Patricio Ramón, todos Noguera Cruz, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, por el precio de diecinueve millones de pesos cada uno.- Como consecuencia de la cesión de derechos expresada en la cláusula tercera precedente, la Sociedad queda integrada por quienes se indican y con las participaciones sociales que se señalan a continuación: a) doña Verónica Cruz Valdés, titular del veinte por ciento del total de los derechos sociales; b) doña Luisa Fernanda Noguera Cruz, titular del veinte por ciento del total de los derechos sociales; c) doña María Ignacia Loreto Noguera Cruz, titular del veinte por ciento del total de los derechos sociales; d) doña María Verónica Noguera Cruz, titular del veinte por ciento del total de los derechos sociales; y, e) don Patricio Ramón Noguera Cruz, titular del veinte por ciento del total de los derechos sociales. 2) Los actuales únicos socios de la Sociedad modifican el estatuto social, acordando reemplazar el siguiente artículo del estatuto social: El artículo cuarto por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Capital.- El capital de la sociedad es la cantidad de cien millones de pesos, que ha sido pagado y enterado con anterioridad a esta fecha, de la siguiente manera: a) doña Verónica Cruz Valdés, con veinte millones de pesos es titular del veinte por ciento del capital; b) doña Luisa Fernanda Noguera Cruz, con veinte millones de pesos es titular del veinte por ciento del capital; c) doña María Ignacia Loreto Noguera Cruz, con veinte millones de pesos es titular del veinte por ciento del capital; d) doña María Verónica Noguera Cruz, con veinte millones de pesos es titular del veinte por ciento del capital; y, e) don Patricio Ramón Noguera Cruz, con veinte millones de pesos es titular del veinte por ciento del capital.” En todo lo no modificado se mantiene vigente el estatuto social, quedando limitada la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 17 de agosto de 2022.-cr.