MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Gallyas Telecom S.A.

RUT 79913320-2 CVE 2179612
Capital
$240.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de agosto de 2022
Notario
Patricio Raby Benavente
Oficio
5° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$240.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Junta Extraordinaria de Accionistas de Gallyas Telecom S.A socio 79913320-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular de la 5° Notaria de Santiago, domiciliado Av. Gertrudis Echenique N°30, oficina 32, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 18 de Agosto de 2022, ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Gallyas Telecom S.A., RUT: 79.913.320-2, celebrada con fecha 27 de julio de 2022, en que se acordó: (i) aumentar el capital social en $240.000.000, mediante la emisión de 25.330 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se enterará en la forma, términos y condiciones aprobados en esta Junta Extraordinaria de Accionistas. Como consecuencia de todo lo anterior, el capital social alcanzaría, en definitiva, la suma de $4.153.067.000, dividido en 225.330 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. (ii) Reformar los estatutos de la Sociedad, modificando el Artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, en el siguiente tenor: “Artículo Quinto. El capital social es la suma de $4.153.067.000, dividido en 225.330 acciones nominativas, de una misma y única serie, y sin valor nominal.” “Artículo Primero Transitorio. El capital de la sociedad, ascendente a la cantidad de $4.153.067.000, dividido en 225.330 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, se encuentra suscrito y pagado de la siguiente manera: (a) Con la suma de $3.913.067.000, dividido en 200.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas; y (b) Con la suma de $240.000.000, dividido en 25.330 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se enterará en la forma, términos y condiciones aprobados en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 27 de julio de 2022. Estas acciones, representativas de $240.000.000, y de iguales características a las referidas en la letra a) precedente, serán emitidas y colocadas en una sola oportunidad o por parcialidades, según determine el Directorio, y ofrecidas preferentemente a los accionistas en conformidad a la ley a un valor equivalente a $9.475 por acción. Las acciones deberán ser pagadas en dinero y de contado, o mediante cheque bancario o vale vista bancario de disponibilidad inmediata, a más tardar a las 24 horas siguientes al vencimiento de la opción preferente, para aquellas suscritas en el ejercicio de dicha opción, o al momento de su suscripción por los accionistas o sus cesionarios para aquellas suscritas fuera de dicho período. Las acciones deberán quedar íntegramente emitidas, colocadas, suscritas y pagadas dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la presente Junta. Los remanentes de acciones no suscritas en el período de opción preferente legal o que queden sin suscribir como consecuencia de la renuncia de accionistas a su derecho de suscripción preferente, deberán ser ofrecidas nuevamente –en los mismos términos y condiciones aplicables al período de opción preferente– a aquéllos accionistas que hayan suscrito acciones dentro del período de opción preferente, a prorrata de las acciones suscritas por ellos en dicho período. Este nuevo período de opción preferente, que para estos efectos se denominará el “período de oferta del remanente” tendrá una duración breve, que en todo caso será determinada por el Directorio de la Sociedad. Una vez vencido el período de opción del remanente antes citado, y si aún quedan acciones que no hayan sido colocadas, éstas podrán ser ofrecidas libremente a los accionistas o terceros, ya sea en Chile o en el extranjero, en las oportunidades y cantidades que determine el Directorio. Estas acciones no podrán ser ofrecidas a terceros a valores inferiores o en condiciones más ventajosas que las ofrecidas a los accionistas en el período de opción preferente y en el período de oferta del remanente.” Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 23 de Agosto de 2022.– P. Raby B. Not. Púb.