Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $339.646.219 CLP
- Ley aplicable
- Ley 20.190
Objeto social
La Sociedad, tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (a) la realización de toda clase de inversiones o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo explotar, comercializar y administrar dichas inversiones; (b) la participación como socio en empresas, fondos de inversión, joint ventures o sociedades de cualquier naturaleza; y (c) la realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal (conjuntamente, el “Negocio”)
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá don Pablo Andrés Thompson López, actuando conjuntamente con doña Camila Rodrigo Aramburú, sin limitación alguna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGINO PAOLO BENEVENTI ALFARO, Notario Suplente del Titular FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública de hoy, ante mí, don PABLO ANDRÉS THOMPSON LÓPEZ, por sí en su calidad de Empresario Individual o Unipersonal, constituyó Sociedad por Acciones, Ley 20.190, con los siguientes estatutos: Nombre o Razón Social: “EMJ INVERSIONES SpA”, pudiendo utilizar para todos los efectos legales, comerciales, tributarios y bancarios indistintamente, el nombre de fantasía, “EMJ SpA”. Objeto: La Sociedad, tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (a) la realización de toda clase de inversiones o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo explotar, comercializar y administrar dichas inversiones; (b) la participación como socio en empresas, fondos de inversión, joint ventures o sociedades de cualquier naturaleza; y (c) la realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal (conjuntamente, el “Negocio”). Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $339.646.219.- dividido en 339.646.219.- de acciones nominativas, de una misma clase y serie, igual valor y sin valor nominal, completamente suscritos y pagados, en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Administración y Representación: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá don Pablo Andrés Thompson López, actuando conjuntamente con doña Camila Rodrigo Aramburú, sin limitación alguna. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de Agosto de 2022.