Comercializadora de Productos Dentales y Médicos Limitada
Instrumento
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500 CLP
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Marta Estrella Contreras Segovia | socio | 10115614-1 | — | — | |
| Natalya Andrea Barrera Contreras | socio | 16478081-3 | — | — | |
| Carlos Daniel Barrera Contreras | socio | 17022030-7 | — | — | |
| Zenteno en sociedad Comercializadora de Productos Dentales y Médicos Limitada | socio | 78010180-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público Titular de la 41° Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, Comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de esta fecha, otorgada ante mí, Marta Estrella Contreras Segovia, RUT 10.115.614- 1; Natalya Andrea Barrera Contreras, RUT 16.478.081-3 y Carlos Daniel Barrera Contreras, RUT 17.022.030-7, todos domiciliados calle Cerro Caracol N° 772, Villa Manquehue, Comuna La Florida, Santiago, quienes comparecen en calidad de únicos herederos de don Carlos Joel Barrera Zenteno para pactar partición parcial de los bienes quedados a su fallecimiento. En el caso de Marta Estrella Contreras Segovia, además, comparece por sí, en calidad de socia de Comercializadora de Productos Dentales y Médicos Limitada. Fueron objeto de la partición parcial los derechos de don Carlos Joel Barrera Zenteno en sociedad Comercializadora de Productos Dentales y Médicos Limitada, RUT 78.010.180-6, inscrita a fojas 17.034 número 8.541 Registro de Comercio de Santiago año 1990. En virtud de la partición, Marta Estrella Contreras Segovia, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, se adjudicó 50% de los derechos objeto de la partición, avaluados en $375.000, en tanto que, Natalya Andrea Barrera Contreras y Carlos Daniel Barrera Contreras, en calidad de hijos del causante, se adjudicaron el 25% cada uno de los derechos objeto de la partición, avaluados en $187.500 en cada caso. Como consecuencia de la partición, quedaron como únicos socios de la sociedad Comercializadora de Productos Dentales y Médicos Limitada, Marta Estrella Contreras Segovia, con un aporte de $1.125.000, equivalentes a un 75% de los derechos en la sociedad, aporte que está integrado por sus derechos en los gananciales, más los derechos adjudicados en la partición y, Natalya Andrea Barrera Contreras y Carlos Daniel Barrera Contreras, con un aporte de $187.500 cada uno, equivalentes a un 12,5% de los derechos en la sociedad cada uno. Los comparecientes acordaron modificar la sociedad de la siguiente manera: Marta Estrella Contreras Segovia, cedió y transfirió a Natalya Andrea Barrera Contreras y a Carlos Daniel Barrera Contreras, por iguales partes, el 25% de sus derechos en la sociedad, en el precio de $375.000, pagados por los cesionarios. Los comparecientes reemplazaron la cláusula Quinta del estatuto social por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.500.000 que los socios aportan de la siguiente manera: Marta Estrella Contreras Segovia aporta $750.000, ya enterados en la caja social, equivalentes al 50% de los derechos sociales. Natalya Andrea Barrera Contreras aporta $375.000, ya enterados en la caja social, equivalentes al 25% de los derechos sociales y Carlos Daniel Barrera Contreras aporta $375.000, ya enterados en la caja social, equivalentes al 25% de los derechos sociales”. Los comparecientes modificaron la cláusula Cuarta del estatuto social, estableciendo que, la administración, representación y el uso de la razón social, corresponderá a todos los socios, separada e indistintamente y tendrán todas las facultades establecidas en el estatuto social, las que deben entenderse como expresamente reproducidas. En todo lo no modificado, continúa vigente el estatuto social. Santiago. 4 de agosto de 2022.