CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CONSTRUCTORA PILLAN SpA

CVE 2179121
Fecha instrumento
11 de agosto de 2022
Notaría
Concepción con Asiento en Chiguayante
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de agosto de 2022
Repertorio
770-2022
Notario
MARIANA CRISTINA ABUTER GAME
Oficio
Octava Notaría de Concepción con Asiento en Chiguayante
Comuna
Concepción con Asiento en Chiguayante

Sociedad

Domicilio
será en calle Aníbal Pinto número doscientos quince, oficina quinientos dos, comuna de Concepción
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones, obras y edificaciones, tales como viviendas, edificios, puentes, caminos, tranques, obras de regadío, túneles, puertos, aeropuertos, movimientos de tierra; b) La urbanización y dotación de inmuebles, urbanos o rurales; c) La prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios, pudiendo asesorar, proyectar, planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios e) Mantención metalmecánica,

Administración

El Administrador de la Sociedad será don MARCOS ANTONIO ESPINOZA SILVA, ya individualizado, quien tendrá las facultades indicadas en el artículo décimo séptimo de los Estatutos de la Sociedad Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad.Otras estipulaciones constan en escritura extractada.- Chiguayante, 25 de agosto de 2022

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIANA CRISTINA ABUTER GAME, Abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Concepción con Asiento en Chiguayante, con Oficio y domicilio en Chiguayante calle Lo Plaza número sesenta y dos, Sector Plaza, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de agosto de 2022, Repertorio N°770-2022, otorgada ante mí, don MARCOS ANTONIO ESPINOZA SILVA, ingeniero constructor, casado, chileno, cédula nacional de identidad número dieciséis millones cuatrocientos treinta mil trescientos noventa y ocho guion cinco, domiciliado en calle Luis Acevedo número trescientos quince de la comuna de Chiguayante; mayor de edad, constituyo una sociedad por acciones bajo el Nombre: “CONSTRUCTORA PILLAN SpA”, Domicilio: será en calle Aníbal Pinto número doscientos quince, oficina quinientos dos, comuna de Concepción, Duración: Indefinida, Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones, obras y edificaciones, tales como viviendas, edificios, puentes, caminos, tranques, obras de regadío, túneles, puertos, aeropuertos, movimientos de tierra; b) La urbanización y dotación de inmuebles, urbanos o rurales; c) La prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios, pudiendo asesorar, proyectar, planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios e) Mantención metalmecánica, Capital: es la suma, de VEINTE MILLONES DE PESOS, divididos en veinte mil acciones, acciones nominativas, sin valor nominal, de la misma serie y de igual valor, el capital se suscribió íntegramente por el fundador don MARCOS ANTONIO ESPINOZA SILVA, quien pago y suscribió al contado y en dinero efectivo, Las Utilidades y Pérdidas: Si la Sociedad tuviere pérdidas acumuladas, las utilidades del ejercicio serán destinadas primeramente a absorberlas. Si hubiere pérdida en el ejercicio, ella será absorbida con las utilidades retenidas de ejercicios anteriores, si las hubiere. Una vez verificada la procedencia de las situaciones anteriores, la junta de accionistas determinará el porcentaje de las utilidades líquidas a repartir como dividendo entre sus accionistas. Administración: El Administrador de la Sociedad será don MARCOS ANTONIO ESPINOZA SILVA, ya individualizado, quien tendrá las facultades indicadas en el artículo décimo séptimo de los Estatutos de la Sociedad Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad.Otras estipulaciones constan en escritura extractada.- Chiguayante, 25 de agosto de 2022.