MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

VIÑA VALLE DEL ITATA S.A.

RUT 96734360-9 CVE 2177337
Fecha instrumento
5 de agosto de 2022

Instrumento

Fecha
5 de agosto de 2022

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO HURTADO MORALES, Notario Santiago, Las Condes, Av. Apoquindo Nº4943, certifico: Por escritura pública de fecha 05 de agosto de 2022, ante mí, PABLO IGNACIO HERRERA MALDONADO, C.I N°10.039.008-6, casado, ingeniero agrónomo, domiciliado Av. Alonso Córdova N°2860, Comuna de Vitacura, redujo a escritura pública de Acta Junta Extraordinaria Accionistas, celebrada con fecha 22 de diciembre de 2021, con asistencia de la Notario Suplente de mi oficio doña Lilia Sierra Mejía, de la persona jurídica “VIÑA VALLE DEL ITATA S.A.”, donde la Junta acordó lo siguiente: I. Ratificación acuerdo aprobado en Junta Extraordinaria del día 5 de octubre de 2020. Se acordó ratificar el acuerdo consistente en la modificación de los Estatutos Sociales que aumentó a ocho el número de directores, con voto dirimente del presidente del Directorio. II: Modificación De Los Estatutos Sociales. Accionistas acuerdan modificar estatutos sustituyendo artículo séptimo y duodécimo de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Séptimo: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de ocho Directores Titulares, sean o no accionistas, y que podrán ser reelegidos indefinidamente.” “Artículo Duodécimo: El Directorio sesionará ordinariamente cuatro veces al año. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el Presidente, por sí, o a indicación de los Directores, para tratar exclusivamente las materias señaladas en la convocatoria. La citación se efectuará por correo electrónico remitido a cada Director. Se entenderá por dirección de correo electrónico, los últimos anotados en el Registro que se señala en el artículo Décimo Sexto. Se entenderá que participan en las sesiones aquellos directores que, a pesar de no encontrarse presentes, están comunicados simultánea y permanentemente a través de medios tecnológicos que autorice la Superintendencia, mediante instrucciones de general aplicación. En este caso, su asistencia y participación en la sesión será certificada bajo la responsabilidad del Presidente, o de quien haga sus veces, y del secretario del Directorio, haciéndose constar este hecho en el acta que se levante de la misma. Para sesionar se requerirá un quorum mínimo de cinco Directores. Los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los Directores asistentes con derecho a voto, con voto dirimente del presidente.”.- Demás acuerdos y modificaciones no son materia de extracto, los que constan en escritura extractada.-Santiago, Las Condes, 19 de agosto de 2022.