MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PANADERÍA Y BOLLERÍA CERINEA SpA

RUT 77223516-K CVE 2177126
Fecha instrumento
27 de agosto de 2020
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2020
Notario
PANADERÍA Y BOLLERÍA CERINEA SpA. EDUARDO MEDEL DEL SOLAR
Domicilio
titular HERACLIO ROJAS VERGARA
Comuna
Concepción

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PANADERÍA Y BOLLERÍA CERINEA SpA. EDUARDO MEDEL DEL SOLAR, Abogado, Notario Público suplente del titular HERACLIO ROJAS VERGARA, de la Cuarta Notaría de Concepción, con oficio en O’Higgins 820, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, NICOLÁS IGNACIO DÍAZ MORALES, empresario, cédula de identidad N°18.405.195-8, domicilio Henry Cahill 3172, Fundo El Venado, San Pedro de la Paz; y RODRIGO EDUARDO DÍAZ MORALES, ingeniero, cédula de identidad N°14.393.471-3, domicilio Salas 445, Concepción, modificaron sociedad denominada PANADERÍA Y BOLLERÍA CERINEA SpA, constituida por escritura pública el 27 de agosto de 2020 ante Notario Público de Talcahuano Gastón Santibáñez Torres, inscrito a fojas 1503 N°1144 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del 2020, publicado el 03 de septiembre de 2020. Transformada de sociedad de responsabilidad limitada en sociedad por acciones, quedando como único socio Nicolás Ignacio Díaz Morales, efectuada mediante escritura pública el 17 de noviembre de 2020 ante Notario Público de Talcahuano Gastón Santibáñez Torres, inscrito a fojas 1901 N°1453 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2020, publicado en el Diario Oficial el 21 de noviembre de 2020. Modificación: Se retira de la sociedad Nicolás Ignacio Díaz Morales, vende la totalidad de sus acciones a Rodrigo Eduardo Díaz Morales, en $1.500.000, pagado al contado. En consecuencia queda como único socio Rodrigo Eduardo Díaz Morales, quien además ejercerá la administración y representación de la sociedad. Se amplía el giro social, siguiente sentido: “Además la sociedad podrá: a) realizar la explotación y administración, ya sea por cuenta propia o de terceros de todo tipo de establecimientos comerciales relacionados con el giro gastronómico, producciones, eventos sociales y culturales; b) la venta al público de todo tipo de alimentos y de bebidas alcohólicas y analcohólicas, ya sea en forma de restaurantes, clubes deportivos y sociales, casinos, bares, pub, cabarets, fuentes de soda, pizzerías, botillerías, cafeterías, confiterías, gelaterías, rotiserías, panaderías y/o pastelerías; c) la elaboración y comercialización de todo tipo de productos alimenticios al por mayor o al menudeo”. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 11 de Agosto de 2022.-