DISTRIBUIDORA DE MERCADERIAS Y CONSIGNACIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de agosto de 2022
- Repertorio
- 9692-22
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Agrupación Comunas Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la Agrupación Comunas Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: Por escritura pública otorgada Ante mí, en fecha 17 de Agosto de 2022, anotada bajo el repertorio N°9692-22, comparecen: LUIS ALEJANDRO RIVAS OYARZÚN, vendedor, por si y en representación de a). Rufina Margarita Rosa Gutiérrez Betancur, labores de casa; b). de Jessy Alexandra Molina Gutiérrez, estudiante; c). de Carlos Antonio Molina Gutiérrez, estudiante; d). de Claudia María Molina Cea, labores de casa; e). de Carlos Andrés Molina Cea, ingeniero; f). de Magda Iveth Molina Cea, labores de casa; CHRISTIAN RAÚL ALEJANDRO PRADO VORPAHL, factor, por si y conjuntamente con Luis Alejandro Rivas Oyarzún en representación de las personas señaladas en las letras d), e) y f), anteriores; RODOLFO PRADO MORA, comerciante; LUIS ROBERTO RIVAS BECAR, comerciante; EVA MARIA ROSA OYARZUN BOUCHAT, comerciante; HERTA ILSE VORPHAL BUCK, comerciante, representada por Andrés Leonardo Prado Vorphal, comerciante y por Christian Raúl Alejandro Prado Vorphal, factor; y LUIS EGISTO MENCARINI NEUMANN, abogado, en representación de Olga Dixia Quiroz Barra, comerciante y de Marcela Beatriz Díaz Quiroz, dueña de casa, todos domiciliados para estos efectos en la ciudad y comuna de Temuco, proceden a subscribir la presente escritura a fin de efectuar saneamiento de la modificación de sociedad DISTRIBUIDORA DE MERCADERIAS Y CONSIGNACIONES LIMITADA o DIMERCDO LIMITADA, efectuada por escritura pública de 06 de mayo de 2022, Repertorio N°5253-22, otorgada en esta notaría, por causa de no haberse inscrito dentro del término legal, y complementando la referida escritura de fecha 06 de mayo de 2022, en sentido de señalar que el compareciente Luis Alejandro Rivas Oyarzun, es de nacionalidad chileno. Se ratifican y mantienen plenamente vigentes demás disposiciones contenidas en la escritura de modificación citada en la cláusula primera, entendiéndose que esta forma parte de aquella para todos los efectos legales. SEXTO: Se deja constancia que la personería de los comparecientes se encuentra debidamente acreditada en la escritura referida en cláusula primera en conformidad a la ley. Se facultó al portador de copia autorizada de y/o de su extracto para requerir las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que procedan en los registros respectivos. Demás estipulaciones en escritura extractada. DOY FE.- Temuco, 23 de Agosto de 2022.-