MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CORDOVA & PEREZ LIMITADA

RUT 76015797-K CVE 2178246
Fecha instrumento
12 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2022
Notario
JOSE PABLO HALES BESELER
Oficio
Décimo Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE PABLO HALES BESELER, Abogado, Notario Público, Titular de la Décimo Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Compañía número mil trescientos doce, certifico: Escritura publica hoy, ante mi, SOLANGE ANDREA CORDOVA GARCES, domiciliada en Manipan número noventa, de la comuna de Maipú; doña LUISA DE LAS NIEVES PEREZ MENESES, domiciliada en Quitralco número seis mil doscientos ochenta y tres, Villa Robert Kennedy, comuna de Estación Central y don ENRIQUE ARMANDO PEREZ MENESES, domiciliado en calle Ramón Rivas número quinientos cincuenta y dos , comuna de Estación Central, modifican sociedad, denominada “CORDOVA & PEREZ LIMITADA”, con nombre de fantasía “FUNERARIA ANTUMAPU LTDA.”, rol único tributario número Setenta y seis millones quince mil setecientos noventa y siete guión K, constituida por escritura pública otorgada el veinticinco de Marzo de dos mil ocho ante el Notario Clovis Toro Campos. El extracto de la escritura social se inscribió a fojas catorce mil ciento cuarenta y ocho, número nueve mil quinientos sesenta y ocho en el Registro de Comercio de Santiago del año dos mil ocho y se publicó en la edición número treinta y nueve mil veintiocho del Diario Oficial, correspondiente al día cuatro de Abril de dos mil ocho. El capital social se pactó en la suma de dos millones de pesos.- Modificaciones consisten: LUISA DE LAS NIEVES PEREZ MENESES , vende, cede y transfiere el cinco por ciento de los derechos de que es titular en la sociedad a don ENRIQUE ARMANDO PEREZ MENESES, quien lo compra, adquiere y acepta para si, en cien mil de pesos; consecuencia de la cesión LUISA DE LAS NIEVES PEREZ MENESES ha cedido la totalidad de sus derechos en la sociedad, retirándose de la sociedad y quedando como únicos socios, dueños de la totalidad de los derechos en la sociedad nombrada, don ENRIQUE ARMANDO PEREZ MENESES con un cinco por ciento de los derechos sociales y doña SOLANGE ANDREA CORDOVA GARCES con un noventa y cinco por ciento de los derechos sociales.- En todo aquello no modificado por el presente instrumento deben entenderse vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 12 AGOSTO 2022.-