MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL GANZI LIMITADA

RUT 76285332-9 CVE 2176790
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de agosto de 2022
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, Santiago, Certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, de fecha 18 de Agosto de 2022, Rep. Nº 12860/2022, KI HYUN AN, SE YOUNG AN, MI AH CHANG y, SE JIN AN, todos calle El Manzano N° 323, Recoleta, modificaron SOCIEDAD COMERCIAL GANZI LIMITADA, constituida el 14/12/2012, ante Notario de Santiago Ulises Aburto Spitzer, suplente del titular don Raúl Iván Perry Pefaur, extracto inscrito a fojas 89986, N° 63233, Registro de Comercio, Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2012; Diario Oficial del 20/12/2012. Modificaciones: a) KI HYUN AN, dueño del 50% del haber social, vende, cede y transfiere, un 10% de los derechos sociales, a SE JIN AN, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en $1.500.000.- en este acto, al contado y en dinero efectivo; y b) SE YOUNG AN, dueña del 20% del haber social, vende, cede y transfiere, un 5% de los derechos sociales, a SE JIN AN, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en $750.000.- importe que el cesionario paga a la parte cedente, en este acto, al contado y en dinero efectivo. Consecuencia quedan: uno) KI HYUN AN, dueño del 40% del haber social, con un aporte de $6.000.000.- dos) SE YOUNG AN, dueña del 15% del haber social, con un aporte de $2.250.000.- tres) MI AH CHANG, dueña del 30% del haber social, con un aporte de $4.500.000.- y cuatro) SE JIN AN, dueño del 15% del haber social, con un aporte de $2.250.000.- Los socios declaran que el capital de $15.000.000.- se encuentra íntegramente enterado en caja social y que corresponde al mismo capital de la sociedad que se modifica. Por último, socios ratifican cláusula cuarta del pacto social primitivo, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía, continuará correspondiendo a cualesquiera de los socios, actuando de forma conjunta o separada e indistintamente, con las mismas facultades contenidas en la señalada cláusula del pacto original. En lo no modificado socios declaran que se mantiene vigente, pacto social constitutivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones, escritura extractada. - Santiago, 19 de Agosto de 2022.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.