Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2022
- Comuna
- Interina de la Tercera Notaría
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es La realización de toda clase de inversiones corporales e incorporales, tales como bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos y urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma. Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas o asumir la administración de las mismas; y toda actividad conexa o derivada de las antes indicadas que los accionistas determinen y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden realizar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA CRISTINA DIAZ HERNÁNDEZ, Abogada, Notaria Interina de la Tercera Notaría Pública de la ciudad de Ovalle, domiciliada en prolongación calle Benavente 1075, "Open Plaza Ovalle", local 1480, ciudad y comuna de Ovalle, según Decreto Económico 126, agregado al final del Protocolo de Instrumentos Públicos con el número 107, Certifica: Por escritura pública anotada en el Repertorio de Instrumentos Públicos con el N° 824, de fecha 19 de Agosto de 2022, otorgada hoy ante mí, doña JESÚS CARMEN JULIA NALLIVE AGUIRRE DREY, chilena, viuda, agricultora, domiciliada en Fundo El Carmen, comuna de Río Hurtado, cédula de identidad Nº 4.745.238-4, constituyó una sociedad por acciones.- Nombre o Razón Social: “INVERSIONES CUCULLA SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es La realización de toda clase de inversiones corporales e incorporales, tales como bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos y urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma. Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas o asumir la administración de las mismas; y toda actividad conexa o derivada de las antes indicadas que los accionistas determinen y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden realizar.- Capital: $50.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas sin valor nominal, pagaderas en dinero o en especies, las que a su vez se dividen en dos series según se indica a continuación: a) Serie A: formada por 500 acciones preferentes que suscribe y paga doña Jesús Carmen Julia Nallive Aguirre Drey, en la suma de $2.500.000 en este acto en dinero efectivo y al contado, suma que ingresa en este acto a la caja social; y b) Serie B: formada por 9.500 acciones sin derecho a voto, que suscribe y paga doña Jesús Carmen Julia Nallive Aguirre Drey de la siguiente forma: a) con la suma de $7.500.000, los que se aportan en dinero en efectivo y que ingresan en este acto a la caja social; y b) con la suma de $40.000.000, que enterará dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, según se indica en el artículo primero Transitorio.- Demás estipulaciones escritura extractada. En Ovalle, 19 de agosto de 2022.