MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

EMPRESA CONSTRUCTORA ANTONIO BARRETO, ESPOSA E HIJOS SpA

RUT 76450509-3 CVE 2175626
Fecha instrumento
22 de agosto de 2022

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2022
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha uno de Agosto de dos mil veintidós, ante mí, don ANTONIO JOSE BARRETO DÍAZ, cubano, ingeniero civil, casado y separado de bienes, cédula de identidad extranjero número catorce millones cuatrocientos sesenta mil seiscientos dieciséis guión siete, domiciliado en Pasaje Lorena, Sector El Cardal, comuna de Lautaro, ruta cinco sur kilometro seiscientos cincuenta y dos; y don CRISTIAN MANUEL BARRETO URBINA, chileno, soltero, actor, cédula nacional de identidad número veinte millones ochenta mil trescientos tres guión cinco y domiciliado en Pasaje Lorena, Sector El Cardal, comuna de Lautaro, ruta cinco sur kilometro seiscientos cincuenta y dos, expusieron: ANTECEDENTES: Que por escritura pública de fecha diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, otorgada ante Notario Público de la ciudad de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, y anotada en el Repertorio bajo el número siete mil setecientos seis del año dos mil dieciséis, los comparecientes don ANTONIO JOSÉ BARRETO DÍAZ, por si y en representación de la sociedad CONSTRUCTORA ANTONIO BARRETO LIMITADA, doña MARIA EUGENIA BARRETO GUZMAN, doña LORENA CARMEN URBINA JORQUERA, y don ANTONIO ERNESTO BARRETO URBINA constituyeron Sociedad Por Acciones, bajo la razón social “EMPRESA CONSTRUCTORA ANTONIO BARRETO, ESPOSA E HIJOS SpA” o nombre de fantasía “CONSTRUCTORA BARRETO SpA”, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cincuenta mil quinientos nueve guión tres Cuyo extracto de dicha escritura se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas mil setecientos treinta vuelta, número mil ciento veintisiete del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis, y se publicó en el Diario Oficial en la edición número cuarenta y un mil quinientos noventa y siete, el día dos de noviembre del año dos mil dieciséis.- DEL CAPITAL Y LA RESPONSABILIDAD. De acuerdo a los estatutos sociales contenidos en la escritura pública de constitución social, individualizada en la cláusula anterior, el capital de la sociedad es la suma de CUATROCIENTOS ONCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS, divididos en igual número de acciones ordinarias, nominativas y de una sola serie sin valor nominal, Aportados de la siguiente forma: A) La SOCIEDAD CONSTRUCTORA ANTONIO BARRETO LIMITADA, aportó a la sociedad la suma de trescientos setenta y siete millones quinientos setenta y un mil trescientos sesenta pesos, los que se hicieron efectivos aportando la suma de doscientos cincuenta y nueve millones quinientos setenta y un mil trescientos sesenta y un pesos pagados en el acto al contado y dinero efectivo, y aportó el dominio a la sociedad los siguientes bienes: i) Maquina Laminadora, marca Yingkou Sanxing guión F, Eps Sándwich maquina cortadora, avaluada en ochenta y siete millones ochenta y seis mil ochocientos ochenta pesos: ii) Prensa Hidráulica marca Shanghai Leila CNC Machine guión F, modelo WC seis sete K guión ocho cero T guión tres mil doscientos de C. avaluada en veinte millones novecientos trece mil ciento veinte pesos; B) Don ANTONIO JOSÉ BARRETO DÍAZ, aportó a la sociedad, la suma de veinte millones de pesos, pagados en el acto al contado y dinero efectivo; C) Doña LORENA CARMEN URBINA GUZMAN, aportó a la sociedad, la suma de diez millones de pesos, pagados en el acto al contado y dinero efectivo; D) Doña MARÍA EUGENIA BARRETO GUZMAN, aportó a la sociedad, la suma de siete millones de pesos, pagados en el acto al contado y dinero efectivo; e) Don ANTONIO ERNESTO BARRETO URBINA, aportó a la sociedad, la suma de siete millones de pesos, pagados en el acto al contado y dinero efectivo, EN cada caso los aportes equivalentes a la misma cantidad de acciones.- En cuanto a la participación en las utilidades y las pérdidas que en ella tiene cada socio, se distribuyen en proporción a sus aportes y titularidad sobre las acciones.- PRESENTE MODIFICACION: Por instrumento extractado, los comparecientes modificaron la referida sociedad en las condiciones que dan cuenta las cláusulas siguientes: Don JOSE ANTONIO BARRETO DÍAZ, con la anuencia de los otros socios, vende, cede y transfiere a don CRISTIAN MANUEL BARRETO URBINA, quien compra, acepta y adquieren para sí, el treinta y cinco por ciento de los derechos que le corresponden al cedente en la Sociedad por Acciones “EMPRESA CONSTRUCTORA ANTONIO BARRETO, ESPOSA E HIJOS SpA” o nombre de fantasía “CONSTRUCTORA BARRETO SpA”, equivalente a siete millones de acciones.- El precio de esta cesión es la suma total de siete millones de pesos que el cesionario don CRISTIAN MANUEL BARRETO URBINA paga a la parte cedente al contado, en dinero efectivo, con anterioridad a la celebración de este contrato, cantidad que la parte cedente declara haber recibido a su entera conformidad y satisfacción no habiendo reparos al respecto.- En virtud de la antedicha cesión, se modifica la sociedad, en el sentido de que se incorpora como socio o accionista don CRISTIAN MANUEL BARRETO URBINA quedando como socios y sus respectivos aportes, y titularidad de acciones los siguientes: A) La SOCIEDAD CONSTRUCTORA ANTONIO BARRETO LIMITADA, aportó a la sociedad la suma de trescientos setenta y siete millones quinientos setenta y un mil trescientos sesenta pesos, ya detallados, titular de igual número de acciones B) Don ANTONIO JOSÉ BARRETO DÍAZ, aporta a la sociedad, la suma de trece millones de pesos, distribuido en igual número de acciones; C) Doña LORENA CARMEN URBINA GUZMAN , aportó a la sociedad, la suma de diez millones de pesos, los cuales se distribuyen en igual número de acciones; D) Doña MARÍA EUGENIA BARRETO GUZMAN , aportó a la sociedad, la suma de siete millones de pesos, titular del mismo número de acciones; e) Don ANTONIO ERNESTO BARRETO URBINA , aportó a la sociedad, la suma de siete millones de pesos, distribuidas en igual número de acciones, y f) Don CRISTIAN MANUEL BARRETO URBINA, aporta a la sociedad, la suma de siete millones de pesos, distribuidas en igual número de acciones. En consecuencia, el capital social, el cual no se modifica, correspondiente a la suma de CUATROCIENTOS ONCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS distribuido del modo señalado en la cláusula precedente.- Las modificaciones referidas en este instrumento regirán desde la fecha del otorgamiento de la presente escritura.- En todo lo no modificado por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 22 de Agosto de 2022.