CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Ecclefield Ventures & Innovation SpA

RUT 15959079-8 CVE 2175797
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de agosto de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
16 de agosto de 2022
Notario
SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Oficio
Undécima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago de Chile
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 16/08/2022, bajo el Rep. N° 25293-22, ante mí, TOMÁS JOSÉ ECCLEFIELD ESCOBAR, chileno, casado, ingeniero civil, cédula de identidad N° 15.959.079-8, con domicilio en El Bosque N° 2163, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: ECCLEFIELD VENTURES & INNOVATION SpA, nombre de fantasía “EVI SpA”. Domicilio: Santiago de Chile, sin perjuicio de sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios de asesoría profesional y consultoría en todas las materias y áreas relacionadas con el desarrollo de negocios y empresas, la realización de toda clase de estudios económicos, financieros, comerciales, de evaluación y organización de empresas de cualquier naturaleza, sean éstos solicitados por personas naturales o jurídicas, en el país y/o en el extranjero; b) el diseño, desarrollo, implementación, soporte y mantenimiento de software, aplicaciones móviles, sitios web, y, en general, todo tipo de soluciones informáticas; junto con la prestación de servicios informáticos y computacionales, c) la comercialización, importación, exportación, compra y venta, consignación, explotación o cualquier otro sistema de producción de metales y minerales, o de cualquier otro tipo de productos asociados a la minería; d) la representación en Chile de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; e) el transporte de mercaderías y de toda clase de bienes muebles, la coordinación de proveedores o servicios de cualquier medio de transporte, y todo lo relacionado, directa o indirectamente, con la operación logística y con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase, su embalaje y almacenamiento, gestiones portuarias y aduaneras y la venta y contratación de seguros asociados; f) la compra, venta, dación en pago, adquisición y enajenación, arrendamiento, subarrendamiento y todo tipo de explotación de bienes muebles e inmuebles nacionales o extranjeros; g) la inversión en toda clase de bienes, comprarlos y venderlos tanto en el mercado chileno como el extranjero, sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos y debentures, títulos de créditos e inversión, renta fija o variable, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio; h) la constitución, integración o participación de todo tipo de sociedades, civiles o comerciales, adquirir derechos o cuotas de comunidad de cualquier naturaleza, todo lo anterior para desarrollar inversiones o negocios de cualquier especie y; i) en general, ejecutar actos de cualquiera de los ramos y/o giros mencionados en las letras precedentes, como asimismo, de otros ramos y/o giros que los socios acuerden en el futuro, pudiendo celebrar y ejecutar todo tipo de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuenta propia o ajena ya sea que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Capital: $1.000.000.- que se divide y representa en 100.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la escritura social. Administración y uso de razón social: don Tomás José Ecclefield Escobar, actuando individualmente, tendrá la representación de la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones. Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago,18 agosto de 2022.