Ecclefield Ventures & Innovation SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de agosto de 2022
- Notario
- SUSANA BELMONTE AGUIRRE
- Oficio
- Undécima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago de Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 16/08/2022, bajo el Rep. N° 25293-22, ante mí, TOMÁS JOSÉ ECCLEFIELD ESCOBAR, chileno, casado, ingeniero civil, cédula de identidad N° 15.959.079-8, con domicilio en El Bosque N° 2163, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: ECCLEFIELD VENTURES & INNOVATION SpA, nombre de fantasía “EVI SpA”. Domicilio: Santiago de Chile, sin perjuicio de sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios de asesoría profesional y consultoría en todas las materias y áreas relacionadas con el desarrollo de negocios y empresas, la realización de toda clase de estudios económicos, financieros, comerciales, de evaluación y organización de empresas de cualquier naturaleza, sean éstos solicitados por personas naturales o jurídicas, en el país y/o en el extranjero; b) el diseño, desarrollo, implementación, soporte y mantenimiento de software, aplicaciones móviles, sitios web, y, en general, todo tipo de soluciones informáticas; junto con la prestación de servicios informáticos y computacionales, c) la comercialización, importación, exportación, compra y venta, consignación, explotación o cualquier otro sistema de producción de metales y minerales, o de cualquier otro tipo de productos asociados a la minería; d) la representación en Chile de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; e) el transporte de mercaderías y de toda clase de bienes muebles, la coordinación de proveedores o servicios de cualquier medio de transporte, y todo lo relacionado, directa o indirectamente, con la operación logística y con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase, su embalaje y almacenamiento, gestiones portuarias y aduaneras y la venta y contratación de seguros asociados; f) la compra, venta, dación en pago, adquisición y enajenación, arrendamiento, subarrendamiento y todo tipo de explotación de bienes muebles e inmuebles nacionales o extranjeros; g) la inversión en toda clase de bienes, comprarlos y venderlos tanto en el mercado chileno como el extranjero, sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos y debentures, títulos de créditos e inversión, renta fija o variable, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio; h) la constitución, integración o participación de todo tipo de sociedades, civiles o comerciales, adquirir derechos o cuotas de comunidad de cualquier naturaleza, todo lo anterior para desarrollar inversiones o negocios de cualquier especie y; i) en general, ejecutar actos de cualquiera de los ramos y/o giros mencionados en las letras precedentes, como asimismo, de otros ramos y/o giros que los socios acuerden en el futuro, pudiendo celebrar y ejecutar todo tipo de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuenta propia o ajena ya sea que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Capital: $1.000.000.- que se divide y representa en 100.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la escritura social. Administración y uso de razón social: don Tomás José Ecclefield Escobar, actuando individualmente, tendrá la representación de la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones. Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago,18 agosto de 2022.