SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE ACEROS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $104.000.000 CLP
Objeto social
a) La compraventa, comercialización, importación, exportación, fabricación y distribución de mercaderías de acero inoxidable, de acero carbono, de aleaciones de metales, y otros metales y aceros en cualquiera de sus formas y de materias primas y productos para la industria; b) En general, cualquiera actividad relacionada o complementaria a las anteriores; c) dar y tomar en arrendamiento o subarrendamiento toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial, propiedades de uso comercial o industrial y toda clase de herramientas y maquinarias; d) tomar representaciones de marcas y modelos de negocio; e) Servicios de corte de materiales, dimensionado, plegado y otros similares necesarios para la venta a medida de productos; f) Inversión en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, y la percepción de sus frutos y rendimientos, pudiendo por ejemplo, adquirir acciones, derechos sociales, bonos, cuotas de fondos, depósitos a plazo, etc.”.- (ii) El artículo sexto de los estatutos, referente a la administración, indicando que la administración y el uso de la razón social corresponderá al socio don GONZALO ANDRÉS PARRA MORONI, con las facultades indicadas en escritura extractada.- y (iii) El artículo séptimo de los estatutos, reemplazándolo por el siguiente: “SÉPTIMO:- El capital de la Sociedad es la suma de $104.000.000.-, que los socios aportan pagan y pagarán en la forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: A) Don GONZALO ANDRÉS PARRA MORONI aporta la suma de $114.400.-, equivalente al 0,11% de los derechos sociales, que ha pagado con anterioridad a esta fecha; y B) INVERSIONES SODIAC LIMITADA aporta la suma de $103.885.600.-, equivalente al 99,89% de los derechos sociales, que ha pagado con anterioridad a esta fecha.”.- En todo lo no modificado por la presente escritura, continuarán plenamente vigentes los Estatutos de la Sociedad
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES SODIAC LIMITADA | socio | 76350661-4 | — | — | |
| SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE ACEROS LIMITADA | socio | 84751600-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 02 de Agosto de 2022, Rep. N° 16.587-2022, ante mí, a) don GONZALO ANDRÉS PARRA MORONI, cédula de identidad N°15.382.448-7, domiciliado en Francisco Lobos N°814, Quinta Normal; b) doña MERCEDES DEL CARMEN MORONI GÁLVEZ, cédula de identidad N°4.881.232-5, domiciliada en Francisco Lobos N°814, Quinta Normal; c) don VÍCTOR MAURICIO PARRA MORONI, cédula de identidad N°13.233.375-0, domiciliado en Mapocho N°6.475, Cerro Navia; y d) INVERSIONES SODIAC LIMITADA, RUT N°76.350.661-4, domiciliada en Francisco Lobos N°814, Quinta Normal, modificaron la SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE ACEROS LIMITADA, RUT N°84.751.600-3, constituida por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 1976, ante el Notario Público de Santiago don Alfredo Astaburuaga Gálvez, cuyo extracto fue inscrito a fojas 984 N°544 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1977 y publicado en el Diario Oficial de fecha 14 de enero de 1977, en el siguiente sentido: 1) Cesión de derechos sociales: La sucesión de VÍCTOR RENÉ PARRA SALAZAR, compuesta por MERCEDES DEL CARMEN MORONI GÁLVEZ, VÍCTOR MAURICIO PARRA MORONI y GONZALO ANDRÉS PARRA MORONI, actuando de consuno y en completo acuerdo, vende, cede y transfiere a la sociedad INVERSIONES SODIAC LIMITADA, quien compra, acepta y adquiere para dicha sociedad el 1,7% de los derechos sociales de la SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE ACEROS LIMITADA, por un valor de $100.000.000.- 2) Modificación de estatutos: Los actuales socios de común acuerdo, vienen en modificar: (i) el artículo cuarto de los estatutos, reemplazándolo por el siguiente: “CUARTO: La sociedad tiene por objeto: a) La compraventa, comercialización, importación, exportación, fabricación y distribución de mercaderías de acero inoxidable, de acero carbono, de aleaciones de metales, y otros metales y aceros en cualquiera de sus formas y de materias primas y productos para la industria; b) En general, cualquiera actividad relacionada o complementaria a las anteriores; c) dar y tomar en arrendamiento o subarrendamiento toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial, propiedades de uso comercial o industrial y toda clase de herramientas y maquinarias; d) tomar representaciones de marcas y modelos de negocio; e) Servicios de corte de materiales, dimensionado, plegado y otros similares necesarios para la venta a medida de productos; f) Inversión en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, y la percepción de sus frutos y rendimientos, pudiendo por ejemplo, adquirir acciones, derechos sociales, bonos, cuotas de fondos, depósitos a plazo, etc.”.- (ii) El artículo sexto de los estatutos, referente a la administración, indicando que la administración y el uso de la razón social corresponderá al socio don GONZALO ANDRÉS PARRA MORONI, con las facultades indicadas en escritura extractada.- y (iii) El artículo séptimo de los estatutos, reemplazándolo por el siguiente: “SÉPTIMO:- El capital de la Sociedad es la suma de $104.000.000.-, que los socios aportan pagan y pagarán en la forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: A) Don GONZALO ANDRÉS PARRA MORONI aporta la suma de $114.400.-, equivalente al 0,11% de los derechos sociales, que ha pagado con anterioridad a esta fecha; y B) INVERSIONES SODIAC LIMITADA aporta la suma de $103.885.600.-, equivalente al 99,89% de los derechos sociales, que ha pagado con anterioridad a esta fecha.”.- En todo lo no modificado por la presente escritura, continuarán plenamente vigentes los Estatutos de la Sociedad.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de agosto de 2022.